Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062063)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Obras de señalización y puesta en valor de los restos romanos de Talavera la Vieja (Los Mármoles)", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU".
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NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024



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D. El cuidado de que los proyectos adjudicados sean ejecutados conforme a los requisitos exigibles, solicitando al Ayuntamiento de Bohonal de Ibor la documentación e
información necesaria, a efectos de realizar un adecuado seguimiento de la ejecución de los proyectos.



E. La responsabilidad de recopilar y valorar la documentación e información presentada
por los adjudicatarios o destinatarios finales, para comprobar la adecuación de los
proyectos a las condiciones de financiación, así como de la elaboración, remisión de
información, e incorporación de la documentación acreditativa que sea necesaria
para justificar el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos, así como de la
preparación de la documentación acreditativa que se establezca en los mecanismos
de verificación.



F. De la misma manera, deberá remitir al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
cualesquiera informes adicionales que se soliciten, incluyendo la información necesaria para justificación de las actuaciones. Y cumplir con cualquier requerimiento que se
apruebe con carácter general para la ejecución y cumplimiento del Plan, incluyendo
la posibilidad de realizar auditorías externas.



G. Finalmente, deberá cumplir la Administración Autonómica con las obligaciones específicas, aclaraciones o condiciones adicionales de información que por la Secretaría
de Estado de Turismo se requiera, especialmente respecto a la disponibilidad de la
misma a través de medios digitales.



H. El registro en el sistema informático de la actuación, de forma continuada, del progreso de los indicadores de los hitos y objetivos, una vez facilitada la información
por la entidad local, -como se ha puesto de manifiesto más arriba-, para cumplir con
la obligación de informar y transmitir estos datos al Ministerio antes del día 10 de
cada mes por parte de la administración autonómica. Estos datos estarán referidos
al último día de cada mes de referencia.



I. Una vez registrado en el sistema informático el cumplimiento de un hito crítico o no
crítico, se generará un certificado de cumplimiento que deberá ser firmado por el
órgano gestor de la entidad ejecutora local, que tenga atribuida dichas funciones.



J. La formalización del Informe de Gestión, conforme al artículo 12 de la citada Orden
HFP/1031/2021, con referencia a las fechas 30 de junio y 31 de diciembre de cada
anualidad.