Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062063)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Obras de señalización y puesta en valor de los restos romanos de Talavera la Vieja (Los Mármoles)", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU".
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NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024

30556

i. La remisión a la Dirección General de Turismo de cuanta información fuera necesaria o
requerida sobre la gestión, ejecución y control de la actuación realizada en el marco de
este convenio mediante la formalización de los informes preceptivos, para comprobar
la evolución del gasto realizado, el cumplimiento de los hitos y objetivos marcados y la
adecuación de los proyectos de la actuación.
C
 on carácter obligatorio el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor, antes del día 5 de cada
mes, desde el siguiente a la firma del convenio, trasladará a la Dirección General de Turismo, informe sobre el cumplimiento de los hitos y objetivos marcados, conforme a los
indicadores de seguimiento y evaluación establecidos.
j. La custodia y conservación de toda la documentación original, justificativa de aplicación
de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación
y control (en formato electrónico), durante todo el período de ejecución de la actuación
y por un período de cinco años más, desde que se abone la aportación por la Comunidad
Autónoma.
La entidad local proporcionará cualesquiera informes adicionales que se soliciten, cumpliendo con cualquier requerimiento relativo a la gestión y ejecución de las actuaciones
previstas.
E
 n segundo término, la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, a través de
la Dirección General de Turismo, asume:


A. La obligación de transferir al Ayuntamiento de Bohonal de Ibor la cuantía total del
fondo por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros), en un único pago,
con carácter anticipado, a la firma del presente convenio, en la anualidad 2024,
con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000G/342A/76000 MR05C14I01
20220392, sin que sea necesaria la formalización de ninguna garantía o aval por
parte de la entidad beneficiaria.



B. L
 a responsabilidad en cuanto al seguimiento de la ejecución contable de los gastos
imputados a la actuación de Bohonal de Ibor, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de noviembre.



C. La obligación de información y registro de la consecución de los correspondientes hitos y objetivos en los términos previstos en el artículo 3 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre; así como el resto de las obligaciones establecidas en la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.