Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062063)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Obras de señalización y puesta en valor de los restos romanos de Talavera la Vieja (Los Mármoles)", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU".
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NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024

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c. El destino de los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos y
realizar la actuación que integran la ACD, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el presente convenio, así como justificar ante la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes, Dirección General de Turismo, el cumplimiento de la finalidad y su
coste real.
d. L
 a disposición de un “Plan de medidas antifraude” para garantizar y declarar que los
fondos correspondientes a la actuación se han utilizado de conformidad con las normas
aplicables, en particular, a lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
e. El cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, en relación
con la identificación del perceptor final de los fondos, entidades ejecutoras, contratistas
y subcontratistas y a la aportación de esta información.
E
 specíficamente, deberá la entidad local prever la aceptación por parte de los perceptores finales de los fondos de la cesión de datos entre las administraciones públicas
implicadas. Igualmente, incluirá en los procedimientos de licitación, en relación con la
identificación de los contratistas y subcontratistas:


— NIF del contratista o subcontratista.



— Nombre o razón social.



— Domicilio fiscal.



— Aceptación de la cesión de datos de carácter personal (Anexo V).



— Declaración responsable sobre el compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR (Anexo VI).

f. L
 a evaluación del cumplimiento del compromiso de etiquetado verde y digital.
S
 e deberá aportar, si fuera necesario, documentación justificativa (Anexo VII), del
cumplimiento del principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant
harm-DNSH).
g. L
 a adopción de las medidas de publicidad, señaladas en la cláusula duodécima.
h. La prestación de garantía de la ausencia de doble financiación. (Anexo VIII).