Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062060)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda (Convenio Específico) al Convenio Marco suscrito entre la Junta de Extremadura y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, SME, para facilitar el ingreso en cuentas restringidas de giros postales utilizados para pagar deudas tributarias y otras de derecho público.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024

30518

3. A
 las reuniones que celebre la Comisión podrán asistir, previa invitación de la presidencia,
personal funcionario o técnico con el propósito de asesorar a los miembros de la misma en
aquellas cuestiones que se estimen oportunas.
4. E
 l régimen jurídico de esta Comisión será el establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados.
Undécima. Protección de datos.
11.1. Cumplimiento normativo.
En lo que respecta al tratamiento de datos personales que deriva de la prestación del servicio
objeto del convenio, las partes se comprometen a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
11.2. Comunicación de datos de Correos a la Junta de Extremadura.
El desarrollo del presente convenio implica la comunicación por parte de Correos (como cedente) a la Junta de Extremadura (como cesionario) de un fichero con información sobre el
cliente del servicio de giro de Correos de conformidad a lo dispuesto en el presente convenio
en la cláusula quinta, por lo que la Junta de Extremadura ha de garantizar las exigencias previstas en la normativa de protección de datos vigente.
La tipología de datos de carácter personal que Correos comunicará a la Junta de Extremadura
serán los especificados en el cuaderno bancario 65 con el que trabaja la Junta de Extremadura.
La finalidad del tratamiento de datos será la identificación y verificación por parte de la Junta
de Extremadura de los pagos de los tributos u otros ingresos de derecho público realizados
mediante giro postal y admitidos en la Red de Oficinas de Correos.
Por motivo de lo indicado, las partes asumen el cumplimiento de las diferentes obligaciones
que les son de aplicación mediante la formalización de un acuerdo de cesión de datos de carácter personal que forma parte inseparable de la presente Adenda.
Ambas Partes se prestarán asistencia mutua y colaboración activamente en todos aquellos
procedimientos que afecten a la comunicación de datos, incluyendo su uso posterior, especialmente en lo que respecta a: Análisis de Riesgo y Evaluaciones de impacto, Gestión de
derechos, Notificaciones de Brechas de Seguridad e interlocución ante el organismo regulador.