Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062026)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, de la autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, promovida por Eugenio López Becerra, en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024
30254
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.088,60 m3/año de purines, que suponen unos 5.809,05 kg de nitrógeno /año;
calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. E
l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los estiércoles sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que
permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 611,42 m3, volumen que el complejo porcino justifica mediante la construcción de las 4 fosas descritas en el anexo I. En
ningún caso, para el cálculo de la dimensión de la fosa contará la superficie de recogida de
purines situada bajo el emparrillado de las naves.
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
Para el caso concreto de las fosas de hormigón abiertas, deberán establecerse medidas
para evitar que se generen vertidos, molestias y peligros, observándose especialmente los
siguientes aspectos:
— La ubicación de la fosa será tal que garantice que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua. Además, se procurará que se halle a la mayor distancia posible
de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo
que se eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— Para salvar la posibilidad de filtraciones, se habilitará la correcta impermeabilización del
sistema de retención.
— La fosa contará con un talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos y se la dotará de una cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las
aguas de escorrentía.
— En el caso de ser abierta, cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas
y animales.
Viernes 14 de junio de 2024
30254
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.088,60 m3/año de purines, que suponen unos 5.809,05 kg de nitrógeno /año;
calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. E
l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los estiércoles sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que
permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 611,42 m3, volumen que el complejo porcino justifica mediante la construcción de las 4 fosas descritas en el anexo I. En
ningún caso, para el cálculo de la dimensión de la fosa contará la superficie de recogida de
purines situada bajo el emparrillado de las naves.
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
Para el caso concreto de las fosas de hormigón abiertas, deberán establecerse medidas
para evitar que se generen vertidos, molestias y peligros, observándose especialmente los
siguientes aspectos:
— La ubicación de la fosa será tal que garantice que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua. Además, se procurará que se halle a la mayor distancia posible
de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo
que se eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— Para salvar la posibilidad de filtraciones, se habilitará la correcta impermeabilización del
sistema de retención.
— La fosa contará con un talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos y se la dotará de una cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las
aguas de escorrentía.
— En el caso de ser abierta, cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas
y animales.