Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061981)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica plurianual a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la ejecución de varias actividades del Proyecto 101128265-TALENT4IBERIA.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024

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percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.
f) En el supuesto de que FUNDECYT-PCTEX no facilite las funciones de seguimiento y control, deberá reintegrar las cuantías percibidas.
3. L
 a competencia para resolver los expedientes de reintegro corresponde a la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, en virtud del Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en concreto, al titular de dicha Consejería.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en virtud de la Resolución de 9 de
agosto de 2023 (DOE núm. 156, de 14 de agosto) de la Consejera, sobre la delegación de
determinadas competencias y delegación de firma.
Octava. Principio de igualdad.
FUNDECYT-PCTEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la
participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la transferencia a
realizar con cargo a esta ayuda, teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas,
ejecución y desarrollo del conjunto de la actuación.
Novena. Compatibilidad o incompatibilidad.
La ayuda es incompatible con cualesquiera otras ayudas públicas o privadas que tengan por
objeto la financiación de esta transferencia.
Décima. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional y dos representantes de FUNDECYT-PCTEX, designados por quienes suscriben el presente convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos
por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3.ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Educación,