Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061977)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios de La Serena para la gestión de los yacimientos de "Cancho Roano" e "Hijovejo" durante las anualidades 2024-2027.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024

30131

Sexta. Obligaciones de las partes.
1. L
 a Consejería asume, mediante la suscripción del convenio, las siguientes obligaciones:
a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del convenio en los términos regulados en el mismo.
b) Asesorar, a solicitud de la Mancomunidad, respecto a la organización funcional de la
prestación.
c) Prestar, en la medida de sus posibilidades, a los profesionales que realizan el servicio de
gestión, la asistencia técnica que estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y
funciones que tienen encomendadas.
d) Proporcionar información a los profesionales que prestan el servicio sobre novedades
legislativas o administrativas que puedan resultar de su interés para el adecuado desarrollo de la prestación.
2. L
 a Mancomunidad asume, mediante la suscripción del convenio, las siguientes obligaciones:
a) Aportar el personal técnico necesario para el desarrollo del convenio o, en su caso, el
personal de apoyo vinculado al ámbito de actuación de este.
b) Garantizar la efectiva prestación del servicio de gestión de los yacimientos de “Cancho
Roano” e “Hijovejo”.
c) Asumir las diferencias al alza que pudieran existir respecto a las cuantías establecidas
en la cláusula tercera, cuando el coste real de la prestación del servicio sea superior.
d) Abonar a los trabajadores las retribuciones y las indemnizaciones por razón de servicio
que legalmente les correspondan de conformidad con la normativa de aplicación en la
entidad local.
e) F
 acilitar la formación precisa a los trabajadores que desempeñen la función de gestión
de los yacimientos.
f) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación y control que puedan realizarse por la Consejería.
g) No realizar ninguna modificación o añadido sobre el montaje museográfico. Cualquier
propuesta de modificación deberá ser previamente informada y autorizada por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.