Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062022)
Resolución de 1 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 23,33 ha en el polígono 1, parcelas 5, 9 y 10 del término municipal de Almendralejo y polígono 65, parcela 31 del término municipal de Mérida, promovido por María Luisa Cevallos-Zúñiga Nogales. Expte.: IA22/0595.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024
30234
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la entonces Dirección General de Política Forestal, informa sobre la normativa específica de incendios forestales:
• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.
• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.
• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.
• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
• Las diferentes Órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.
• Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).
• Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.
• Real Decreto-Ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes
en materia de incendios forestales.
Además, informa que, consultado el Registro de Áreas Incendiadas del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, y la base de datos de la Estadística General de
Incendios Forestales, no se detectan incendios acaecidos en la zona objeto de proyecto.
La zona objeto de proyecto, no se encuentra dentro de ninguna de las Zonas de Alto
Riesgo o de Protección Preferente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en materia de prevención de incendios forestales.
Y, otras medidas:
• Deberá cumplirse la totalidad de la normativa al respecto, tanto la referida a la prevención Plan PREIFEX, como la referida a la lucha y extinción de incendios forestales
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• También deben cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables, en
el caso de existir edificaciones, construcciones o instalaciones correspondientes a
Viernes 14 de junio de 2024
30234
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la entonces Dirección General de Política Forestal, informa sobre la normativa específica de incendios forestales:
• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.
• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.
• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.
• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
• Las diferentes Órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.
• Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).
• Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.
• Real Decreto-Ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes
en materia de incendios forestales.
Además, informa que, consultado el Registro de Áreas Incendiadas del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, y la base de datos de la Estadística General de
Incendios Forestales, no se detectan incendios acaecidos en la zona objeto de proyecto.
La zona objeto de proyecto, no se encuentra dentro de ninguna de las Zonas de Alto
Riesgo o de Protección Preferente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en materia de prevención de incendios forestales.
Y, otras medidas:
• Deberá cumplirse la totalidad de la normativa al respecto, tanto la referida a la prevención Plan PREIFEX, como la referida a la lucha y extinción de incendios forestales
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• También deben cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables, en
el caso de existir edificaciones, construcciones o instalaciones correspondientes a