Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062022)
Resolución de 1 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 23,33 ha en el polígono 1, parcelas 5, 9 y 10 del término municipal de Almendralejo y polígono 65, parcela 31 del término municipal de Mérida, promovido por María Luisa Cevallos-Zúñiga Nogales. Expte.: IA22/0595.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024
30240
rida (Badajoz), a partir de una captación de aguas subterráneas ubicada en la parcela 6
del polígono 1 del término municipal Almendralejo (Badajoz). El volumen en tramitación
es de 40.815,2 m3/año. La captación de aguas subterráneas se encontraría fuera de
MASb definida en el del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn). Indica que se estaría a lo dispuesto en la correspondiente
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas. E
incluye la obligación de instalar y mantener a costa del titular un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
En cuanto a la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas
demandas hídricas la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadiana informó con fecha 29/03/2022, que (…) “la solicitud es compatible
con el Plan Hidrológico de cuenca…”, con fecha 27/10/2023 la citada OPH se ratificó en
el informe anterior. En cualquier caso, como ya se ha expuesto, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión
3695/2012.
Durante la fase de funcionamiento de proyecto se producirá contaminación debido a la
aplicación de fertilizantes y productos fitosanitarios, que podrían llegar a las aguas superficiales por escorrentía o a las aguas subterráneas por infiltración. También pueden
producirse vertidos accidentales de aceites o combustibles de la maquinaria propia para
la realización de labores agrícolas. En cuanto a vertidos, el informe de Confederación
Hidrográfica del Guadiana indica que la actuación no conlleva vertidos al dominio público hidráulico del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Con objeto de
minimizar esta posible contaminación se incluyen medidas al respecto en el informe de
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
A la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. En este sentido, se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al nuevo cultivo deberá estar debidamente identificado y autorizado su uso. En todo caso, deberá asegurarse mediante
los medios necesarios (puntos de control, toma de muestras, etc.) que la aplicación
de estos productos no resulta una fuente de contaminación difusa mediante posibles
retornos de riego. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas preventivas, las
afecciones no deberían resultar significativas.
En el documento ambiental se incluye un apartado específico para la evaluación de
las repercusiones que el proyecto pueda causar a largo plazo sobre los elementos de
Viernes 14 de junio de 2024
30240
rida (Badajoz), a partir de una captación de aguas subterráneas ubicada en la parcela 6
del polígono 1 del término municipal Almendralejo (Badajoz). El volumen en tramitación
es de 40.815,2 m3/año. La captación de aguas subterráneas se encontraría fuera de
MASb definida en el del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn). Indica que se estaría a lo dispuesto en la correspondiente
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas. E
incluye la obligación de instalar y mantener a costa del titular un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
En cuanto a la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas
demandas hídricas la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadiana informó con fecha 29/03/2022, que (…) “la solicitud es compatible
con el Plan Hidrológico de cuenca…”, con fecha 27/10/2023 la citada OPH se ratificó en
el informe anterior. En cualquier caso, como ya se ha expuesto, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión
3695/2012.
Durante la fase de funcionamiento de proyecto se producirá contaminación debido a la
aplicación de fertilizantes y productos fitosanitarios, que podrían llegar a las aguas superficiales por escorrentía o a las aguas subterráneas por infiltración. También pueden
producirse vertidos accidentales de aceites o combustibles de la maquinaria propia para
la realización de labores agrícolas. En cuanto a vertidos, el informe de Confederación
Hidrográfica del Guadiana indica que la actuación no conlleva vertidos al dominio público hidráulico del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Con objeto de
minimizar esta posible contaminación se incluyen medidas al respecto en el informe de
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
A la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. En este sentido, se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al nuevo cultivo deberá estar debidamente identificado y autorizado su uso. En todo caso, deberá asegurarse mediante
los medios necesarios (puntos de control, toma de muestras, etc.) que la aplicación
de estos productos no resulta una fuente de contaminación difusa mediante posibles
retornos de riego. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas preventivas, las
afecciones no deberían resultar significativas.
En el documento ambiental se incluye un apartado específico para la evaluación de
las repercusiones que el proyecto pueda causar a largo plazo sobre los elementos de