Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062007)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LMT, de 20 kV, de cierre entre la LAMT-4218-14 "Coronada Pueblo", de la STR "La Coronada" y la LAMT-4879-06 "Orellana", de la STR "Villanueva"", a realizar en los términos municipales de Campanario y Castuera (Badajoz), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0334.
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NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024
29907
5. S
e evitará el decapado de la superficie de actuación.
6. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin
afectar a los Hábitats de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas degradadas.
7. En caso de ser necesario construir y/o a acondicionar nuevos accesos, los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias,
puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
8. Los trabajos de construcción no se realizarán entre el 15 de enero y el 15 de julio
por ser los meses de mayor sensibilidad para la especie reproductora águila perdicera y la reproducción de la comunidad de aves esteparias.
9. L
os trabajos de construcción no se realizarán de noche.
10. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura
(Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse
afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la
Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
11. Se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la contaminación del agua por
posibles vertidos de residuos líquidos peligrosos que se generen con motivo de
la actuación, estableciendo áreas específicas acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo, como puede ser el cambio de aceite de la
maquinaria o vehículos empleados. Deberán tener especial precaución durante
la ejecución de las actuaciones de construcción en el entorno de los arroyos y
vaguadas atravesadas.
12. Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras propuestas en el
Estudio de Impacto Ambiental, siempre que no entren en contradicción con las
medidas propuestas en el presente informe.
• Medidas compensatorias:
1. La promotora instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja
nido por apoyo. La distribución de las cajas nido a lo largo de la línea consistirá en
cuatro cajas nido para cernícalo/carraca alternadas con una caja nido polivalente.
Jueves 13 de junio de 2024
29907
5. S
e evitará el decapado de la superficie de actuación.
6. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin
afectar a los Hábitats de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas degradadas.
7. En caso de ser necesario construir y/o a acondicionar nuevos accesos, los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias,
puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
8. Los trabajos de construcción no se realizarán entre el 15 de enero y el 15 de julio
por ser los meses de mayor sensibilidad para la especie reproductora águila perdicera y la reproducción de la comunidad de aves esteparias.
9. L
os trabajos de construcción no se realizarán de noche.
10. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura
(Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse
afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la
Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.
11. Se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la contaminación del agua por
posibles vertidos de residuos líquidos peligrosos que se generen con motivo de
la actuación, estableciendo áreas específicas acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo, como puede ser el cambio de aceite de la
maquinaria o vehículos empleados. Deberán tener especial precaución durante
la ejecución de las actuaciones de construcción en el entorno de los arroyos y
vaguadas atravesadas.
12. Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras propuestas en el
Estudio de Impacto Ambiental, siempre que no entren en contradicción con las
medidas propuestas en el presente informe.
• Medidas compensatorias:
1. La promotora instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja
nido por apoyo. La distribución de las cajas nido a lo largo de la línea consistirá en
cuatro cajas nido para cernícalo/carraca alternadas con una caja nido polivalente.