Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062007)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LMT, de 20 kV, de cierre entre la LAMT-4218-14 "Coronada Pueblo", de la STR "La Coronada" y la LAMT-4879-06 "Orellana", de la STR "Villanueva"", a realizar en los términos municipales de Campanario y Castuera (Badajoz), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0334.
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NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024
29909
Este Servicio señala que no se considera órgano gestor de intereses públicos existentes
en la zona, por lo que no les compete pronunciamiento alguno.
— Con fecha de 18 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Castuera emite informe en el
que indica que el proyecto es compatible con el planeamiento urbanístico. Establecen
las siguientes limitaciones en suelo no urbanizable:
• Las conducciones enterradas y aéreas de electricidad deberán transcurrir con carácter
general siempre por terrenos de propiedad privada (a excepción de las instalaciones
de servicios públicos), permitiéndose únicamente cruces por bienes de dominio público, como caminos, por los puntos menos peligrosos con el fin de garantizar en ellos
las condiciones máximas de seguridad vial. Los cruzamientos deberán siempre realizarse perpendicularmente al eje del camino, y la reposición de zanjas se realizará el
mismo día de su apertura.
Incorporan también el certificado de publicación en el tablón de anuncios desde el
25/08/2022 hasta el 06/10/2022.
— Con fecha de 25 de octubre de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que dado lo completo del análisis de
la afección del proyecto sobre el Patrimonio Cultural del Estudio de Impacto Ambiental
y junto al análisis del área de afección del proyecto por los técnicos de la Dirección
General, se considera que las medidas cautelares recogidas en el precitado Estudio son
suficientes. No obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la siguiente medida correctora,
contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura:
• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, la promotora y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de
Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
— Con fecha de 25 de octubre de 2022, el Servicio de Gestión y Ordenación Forestal emite
informe en el que indica que según los planos de detalle, en la parte final del trazado,
concretamente entre los apoyos A64 y A68, la línea discurre cercana a una masa arbórea que podría verse afectada por la distancia de seguridad necesaria que habría que
dejar entre los conductores de la línea y la vegetación arbórea. Igualmente, en el tramo
que se proyecta en subterráneo entre el apoyo A68 y el CT “Poblado Zújar Cast.”, también podría haber afección forestal.
Jueves 13 de junio de 2024
29909
Este Servicio señala que no se considera órgano gestor de intereses públicos existentes
en la zona, por lo que no les compete pronunciamiento alguno.
— Con fecha de 18 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Castuera emite informe en el
que indica que el proyecto es compatible con el planeamiento urbanístico. Establecen
las siguientes limitaciones en suelo no urbanizable:
• Las conducciones enterradas y aéreas de electricidad deberán transcurrir con carácter
general siempre por terrenos de propiedad privada (a excepción de las instalaciones
de servicios públicos), permitiéndose únicamente cruces por bienes de dominio público, como caminos, por los puntos menos peligrosos con el fin de garantizar en ellos
las condiciones máximas de seguridad vial. Los cruzamientos deberán siempre realizarse perpendicularmente al eje del camino, y la reposición de zanjas se realizará el
mismo día de su apertura.
Incorporan también el certificado de publicación en el tablón de anuncios desde el
25/08/2022 hasta el 06/10/2022.
— Con fecha de 25 de octubre de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que dado lo completo del análisis de
la afección del proyecto sobre el Patrimonio Cultural del Estudio de Impacto Ambiental
y junto al análisis del área de afección del proyecto por los técnicos de la Dirección
General, se considera que las medidas cautelares recogidas en el precitado Estudio son
suficientes. No obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la siguiente medida correctora,
contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura:
• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, la promotora y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de
Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
— Con fecha de 25 de octubre de 2022, el Servicio de Gestión y Ordenación Forestal emite
informe en el que indica que según los planos de detalle, en la parte final del trazado,
concretamente entre los apoyos A64 y A68, la línea discurre cercana a una masa arbórea que podría verse afectada por la distancia de seguridad necesaria que habría que
dejar entre los conductores de la línea y la vegetación arbórea. Igualmente, en el tramo
que se proyecta en subterráneo entre el apoyo A68 y el CT “Poblado Zújar Cast.”, también podría haber afección forestal.