Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061980)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adecuación y puesta en servicio del "Campamento público de turismo de Puerto Peña", cuya promotora es la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deporte, en el término municipal de Talarrubias. Expte.: IA24/0149.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

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zona por tanto se encuentra transformada en su totalidad por el antiguo campamento
turístico. La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural no ha
puesto de manifiesto la existencia de patrimonio arqueológico conocido.
3.2.2. Alternativas.


El documento ambiental ha realizado un análisis de las siguientes alternativas:

Alternativa 0. No actuación. No puede llevarse a cabo la actividad de campamento turístico, por el deficiente mantenimiento de las instalaciones, lo que impide su correcto
funcionamiento.
Alternativa 1. Realización de las mínimas actuaciones necesarias para restablecer la actividad del campamento turístico pudiendo cumplir las normas actuales y mejorando la
eficiencia energética, la accesibilidad y reduciendo su impacto ambiental en su operación.


Alternativa 2. Realizar una reforma completa del área afectada por el campamento.

Alternativa elegida. El promotor ha elegido la alternativa 1, redactando el proyecto teniendo en cuenta la alternativa de las mínimas actuaciones para poder poner en servicio
el campamento.
3.3. Características del potencial impacto.


— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

La zona de actuación se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura), en la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Embalse de
Orellana y Sierra de Pela” y la Zona de Especial Conservación (ZEC) “Embalse de
Orellana y Sierra de Pela”. Según la zonificación establecida en el Plan Rector de Uso
y Gestión de la ZIR “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”, aprobado por Orden de
28 de diciembre de 2012, el camping se encuentra en Zona de Uso General. Tal y
Como indica el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en su
informe, la fase más relevante correspondería a la ejecución de los movimientos de
tierra para la dotación de los nuevos servicios complementarios a los existentes, los
cuales se desarrollan en zonas ya muy antropizadas, actual zona de camping, por
lo que su repercusión sobre los valores ambientales de la zona resulta aún menor,
considerando que el proyecto con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones
sobre los hábitats, ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los