Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2024061992)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Consejera, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

29589

2. L
 a tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 120 por ciento para las plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las Universidades, regulados
en el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen
las correspondientes convocatorias.
3. Para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se
aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran
incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas
de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de
trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia,
declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición
de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación
administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones
con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y
bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.
4. La validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del EBEP:
a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada
por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de
la finalización de cada año.
b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial de la Provincia, Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años,
a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se
incluyan las plazas.
Las plazas no cubiertas durante la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la
Oferta de Empleo Público que las hubiera autorizado. La nueva convocatoria deberá identificar las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden. Esta previsión será aplicable a las convocatorias de procesos selectivos derivadas de
Ofertas de ejercicios anteriores a 2023, incluidas las que ya hayan sido publicadas.
Sexto. Por Resolución de fecha 30 de noviembre de 2023, de la Gerencia, se aprobó la Oferta
de Empleo Público del personal de administración y servicios de la Universidad de Extremadura para 2023 (DOE núm. 234, de 7 de diciembre de 2023).