Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061990)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas superficiales del embalse de Las Tejoneras de Abajo (río San Juan) consistente en el aumento de la superficie de riego pasando de 18,62 ha a 27,9338 ha e implantación de olivar superintensivo en la finca "Las Tejoneras de Abajo", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), cuya promotora es Rústica Pizarro, SL. Expte.: IA21/1878.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024



29487

a) La captación del recurso se sitúa en la masa de agua río San Juan, definida y
caracterizada en el apéndice 2 de las disposiciones normativas del vigente Plan
Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana
(Real Decreto 1/2016, de 8 de enero), dentro del Sistema de Explotación Central,
definido en el artículo 2 y el apéndice 2 de las disposiciones normativas del plan.



b) Se comprueba que el aprovechamiento no se encuentra incluido dentro de una de
las Zonas Protegidas que recoge el anejo 8 de la Memoria del Plan Hidrológico.



c) El volumen de agua anual a derivar no deberá superar la dotación a nivel de obra
principal de toma de 6.600 m3/ha/año, de media, para los riegos con tomas directas, de acuerdo con el artículo 12.2 de las disposiciones normativas del plan.



d) De acuerdo con la información recibida, la ampliación de superficie solicitada
cumple las condiciones y es conforme con lo establecido en el artículo 22.b) de
las disposiciones normativas del Plan Hidrológico de cuenca. El volumen de la
concesión se deberá reducir, de acuerdo con la información aportada, de 111.735
m3/año a 85.961,6 m3/año.

El organismo de cuenca informó con fecha 9 de febrero de 2022 lo siguiente: “la solicitud
es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con las limitaciones señaladas en los
apartados anteriores, especialmente las indicadas en el apartado d)”.
Con fecha 21 de noviembre de 2023 la OPH se ratificó en el informe anterior.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de modificación de características de la concesión CONC
071/1989 (Expte. 1489/2020).
4. C
 on fecha 19 de octubre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección
General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y agenda Urbana emite informe en el
que se indica que el proyecto no presenta afección alguna al Planeamiento Territorial
vigente de Extremadura.
5. E
 l Ayuntamiento de Oliva de Mérida a través de la Oficina Técnica de Urbanismo y
Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro informa con fecha 25 de noviembre de 2022 que la instalación proyectada se considera
compatible con el Plan General Municipal de Oliva de Mérida, condicionada a obtener las
autorizaciones concurrentes exigidas por la legislación en cada caso aplicable, así como
las concesiones correspondientes por ocupación o utilización de dominio público del que
sea titular una Administración distinta al Ayuntamiento. EI proyecto de ejecución que se