Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061888)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de compostaje, cuyo promotor es Roberto Cabeza Conejo, en el término municipal de Moraleja (Cáceres).
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024
29439
Al margen, para la iniciativa que nos ocupa se ha analizado las condiciones comunes
establecidas en el artículo 38 las cuales no aplican a esta iniciativa en la ubicación señalada, también se subraya la necesidad del sometimiento al trámite ambiental pertinente, como establece el artículo 48, además de la consideración de los condicionados
establecidos por la presencia de riesgo de arcillas expansivas y protección de aguas
subterráneas en la parcela objeto de estudio según el PTSG que determina el artículo
48.2.c y 48.2.e.
Así, en los términos redactados en este informe, se emite informe compatible condicionado, al cumplimiento de los condicionados establecidos en los diferentes artículos
mencionados en este informe, en cuanto a la compatibilidad con el Plan Territorial de la
Sierra de Gata”.
Deberá cumplir con lo que le aplique del Plan Territorial de Sierra de Gata.
— Con escrito de fecha 4 de febrero de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de
ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma
apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Se recibe informe del Ayuntamiento de Moraleja de fecha 31 de enero de 2024 en el cual
se indica l en los apartados 8 y 9:
“8. Que, en base a los apartados anteriores, una vez analizado el proyecto básico presentado, se puede corroborar que dicho proyecto cumple con las condiciones que le son
de aplicación.
9. Que del análisis del documento ambiental para evaluación de impacto ambiental
simplificada, y de los extremos reflejados en cuanto a la Descripción y Evaluación
de los Posibles Efectos Significativos del Proyecto en el Medio Ambiente, a juicio del
técnico que suscribe, no se considera oportuno formular alegaciones u observaciones
sobre los posibles efectos que sobre el medio ambiente pueda implicar la ejecución
del proyecto de referencia”.
— Se recibe escrito de 29 de enero de 2024 con informe del Servicio de Urbanismo en el
que se indica que: “en referencia al proyecto objeto de la presente consulta, ha sido posible comprobar que se encuentra en tramitación el procedimiento de otorgamiento de
nueva calificación rústica, regulada en los artículos 69 y siguientes de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
expediente administrativo con referencia 2023/215/CC, pendiente en estos momentos
de la emisión de los informes previos a su resolución”.
Martes 11 de junio de 2024
29439
Al margen, para la iniciativa que nos ocupa se ha analizado las condiciones comunes
establecidas en el artículo 38 las cuales no aplican a esta iniciativa en la ubicación señalada, también se subraya la necesidad del sometimiento al trámite ambiental pertinente, como establece el artículo 48, además de la consideración de los condicionados
establecidos por la presencia de riesgo de arcillas expansivas y protección de aguas
subterráneas en la parcela objeto de estudio según el PTSG que determina el artículo
48.2.c y 48.2.e.
Así, en los términos redactados en este informe, se emite informe compatible condicionado, al cumplimiento de los condicionados establecidos en los diferentes artículos
mencionados en este informe, en cuanto a la compatibilidad con el Plan Territorial de la
Sierra de Gata”.
Deberá cumplir con lo que le aplique del Plan Territorial de Sierra de Gata.
— Con escrito de fecha 4 de febrero de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de
ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma
apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Se recibe informe del Ayuntamiento de Moraleja de fecha 31 de enero de 2024 en el cual
se indica l en los apartados 8 y 9:
“8. Que, en base a los apartados anteriores, una vez analizado el proyecto básico presentado, se puede corroborar que dicho proyecto cumple con las condiciones que le son
de aplicación.
9. Que del análisis del documento ambiental para evaluación de impacto ambiental
simplificada, y de los extremos reflejados en cuanto a la Descripción y Evaluación
de los Posibles Efectos Significativos del Proyecto en el Medio Ambiente, a juicio del
técnico que suscribe, no se considera oportuno formular alegaciones u observaciones
sobre los posibles efectos que sobre el medio ambiente pueda implicar la ejecución
del proyecto de referencia”.
— Se recibe escrito de 29 de enero de 2024 con informe del Servicio de Urbanismo en el
que se indica que: “en referencia al proyecto objeto de la presente consulta, ha sido posible comprobar que se encuentra en tramitación el procedimiento de otorgamiento de
nueva calificación rústica, regulada en los artículos 69 y siguientes de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
expediente administrativo con referencia 2023/215/CC, pendiente en estos momentos
de la emisión de los informes previos a su resolución”.