Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061951)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del arroyo Los Freixiales con destino a riego de una superficie de 76,30 ha de cultivos forrajeros en la finca "Las Poisoas", ubicado en el término municipal de Olivenza (Badajoz)". Expte.: IA22/1053.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024
29238
5. L
a luz de malla en las rejillas y filtros de captación y conducciones no debe ser mayor
de 1,5 cm.
6. R
especto a la balsa de regulación, deberán cumplirse las siguientes medidas:
6.1. L
os taludes interiores tendrán una pendiente máxima de 1/2,9 (relación vertical/
horizontal) o 35 %.
6.2. S
e instalarán elementos que permitan la salida del vaso de la fauna y personas que
caigan accidentalmente al agua.
— Para la fauna menor, tramos con malla cuadriculada plástica termo sellada a la lámina impermeabilizadora al menos a cada 15-20 m de talud en bandas de al menos 2
m de anchura y desde la coronación hasta el fondo. Este tipo de mallas deberá tener
cuadrículas de entre 10 mm y 20 mm y ser de materiales de larga duración.
— Para la salida de personas y fauna de mediano o gran tamaño, se pueden utilizar
entramados de cuerdas a modo de escalera, con una distancia que no supere el
doble de la separación de los dispositivos de salida para fauna menor (30-40 m
de distancia máxima).
6.3. En caso de generarse procesos erosivos (regueros, cárcavas, etc.) en los taludes, deberán tomarse medidas de protección contra los procesos erosivos de manera inmediata al objeto de minimizar o atajar tal circunstancia e informar a la Dirección General de
Sostenibilidad, que podrá establecer medidas protectoras y/o correctoras adicionales.
6.4. S
e procederá a realizar medidas compensatorias de integración paisajística de la
balsa en el entorno, mediante la ejecución de hidrosiembras o siembras de especies pratenses y plantaciones de especies arbustivas y/o arbóreas.
6.5. E
n las labores de limpieza de la balsa, en ningún caso se verterán restos de productos químicos por el desagüe, los cuales irían a parar a los cauces cercanos, con
el consiguiente riesgo de contaminación de sus aguas.
7. S
e realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o algún
sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras.
8. N
o se afectará a los elementos estructurales del paisaje agrario de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos,
fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
Lunes 10 de junio de 2024
29238
5. L
a luz de malla en las rejillas y filtros de captación y conducciones no debe ser mayor
de 1,5 cm.
6. R
especto a la balsa de regulación, deberán cumplirse las siguientes medidas:
6.1. L
os taludes interiores tendrán una pendiente máxima de 1/2,9 (relación vertical/
horizontal) o 35 %.
6.2. S
e instalarán elementos que permitan la salida del vaso de la fauna y personas que
caigan accidentalmente al agua.
— Para la fauna menor, tramos con malla cuadriculada plástica termo sellada a la lámina impermeabilizadora al menos a cada 15-20 m de talud en bandas de al menos 2
m de anchura y desde la coronación hasta el fondo. Este tipo de mallas deberá tener
cuadrículas de entre 10 mm y 20 mm y ser de materiales de larga duración.
— Para la salida de personas y fauna de mediano o gran tamaño, se pueden utilizar
entramados de cuerdas a modo de escalera, con una distancia que no supere el
doble de la separación de los dispositivos de salida para fauna menor (30-40 m
de distancia máxima).
6.3. En caso de generarse procesos erosivos (regueros, cárcavas, etc.) en los taludes, deberán tomarse medidas de protección contra los procesos erosivos de manera inmediata al objeto de minimizar o atajar tal circunstancia e informar a la Dirección General de
Sostenibilidad, que podrá establecer medidas protectoras y/o correctoras adicionales.
6.4. S
e procederá a realizar medidas compensatorias de integración paisajística de la
balsa en el entorno, mediante la ejecución de hidrosiembras o siembras de especies pratenses y plantaciones de especies arbustivas y/o arbóreas.
6.5. E
n las labores de limpieza de la balsa, en ningún caso se verterán restos de productos químicos por el desagüe, los cuales irían a parar a los cauces cercanos, con
el consiguiente riesgo de contaminación de sus aguas.
7. S
e realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o algún
sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras.
8. N
o se afectará a los elementos estructurales del paisaje agrario de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos,
fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).