Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061877)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo de 4,039 MWp, a realizar en el término municipal de Torremejía (Badajoz). Expte.: IA23/1337.
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NÚMERO 110
Viernes 7 de junio de 2024
28924
desarrollo del proyecto, serán de escasa entidad y evitables y/o corregibles con la
aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
La erosión del suelo ocupado por la planta fotovoltaica puede ser un problema durante la fase de construcción y, si se mantuviera el suelo desnudo, durante la fase de explotación. Medidas correctoras como la obligación de mantener una cubierta vegetal
controlada por el pastoreo o el efecto que sobre la humedad del suelo pueden tener
las propias placas permiten disminuir el impacto asociado al proyecto, situándolo en
las condiciones habituales de la zona. Igualmente, esta medida correctora disminuye
el impacto asociado al uso del suelo.
— Fauna.
En la zona de implantación los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de
13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
• Águila perdicera (Hieraetus fasciatus), especie catalogada como “sensible a la alteración de su hábitat”.
• Cernícalo primilla (Falco naumanni), especie catalogada como “sensible a la alteración de su hábitat”.
• Águila real (Aquila chrysaetos), especie catalogada como “vulnerable”.
De forma general, las acciones incluidas en la fase de construcción del proyecto, así
como en el proceso de funcionamiento global de la planta, como son movimientos de
tierras, desplazamiento de maquinaria, la presencia de personal o eliminación de la
superficie vegetal, suponen un impacto de tipo negativo sobre la fauna, aunque dada
la localización del proyecto no afectará directamente a especies de fauna amenazada
o en peligro de extinción.
En cuanto a la línea de evacuación, debido a que discurre soterrada no se prevé afección por colisión y electrocución a la avifauna rupícola de la ZEPA, ni a las especies
anteriormente citadas.
En todo caso, en el documento ambiental se establecen medidas correctoras y compensatorias para disminuir y compensar el impacto ambiental.
— Flora, vegetación y hábitats.
La principal afección es la eliminación de la vegetación de las áreas sobre las que se
actúa, en la fase de obras, debido a la instalación de las estructuras soporte, viales,
Viernes 7 de junio de 2024
28924
desarrollo del proyecto, serán de escasa entidad y evitables y/o corregibles con la
aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
La erosión del suelo ocupado por la planta fotovoltaica puede ser un problema durante la fase de construcción y, si se mantuviera el suelo desnudo, durante la fase de explotación. Medidas correctoras como la obligación de mantener una cubierta vegetal
controlada por el pastoreo o el efecto que sobre la humedad del suelo pueden tener
las propias placas permiten disminuir el impacto asociado al proyecto, situándolo en
las condiciones habituales de la zona. Igualmente, esta medida correctora disminuye
el impacto asociado al uso del suelo.
— Fauna.
En la zona de implantación los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de
13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
• Águila perdicera (Hieraetus fasciatus), especie catalogada como “sensible a la alteración de su hábitat”.
• Cernícalo primilla (Falco naumanni), especie catalogada como “sensible a la alteración de su hábitat”.
• Águila real (Aquila chrysaetos), especie catalogada como “vulnerable”.
De forma general, las acciones incluidas en la fase de construcción del proyecto, así
como en el proceso de funcionamiento global de la planta, como son movimientos de
tierras, desplazamiento de maquinaria, la presencia de personal o eliminación de la
superficie vegetal, suponen un impacto de tipo negativo sobre la fauna, aunque dada
la localización del proyecto no afectará directamente a especies de fauna amenazada
o en peligro de extinción.
En cuanto a la línea de evacuación, debido a que discurre soterrada no se prevé afección por colisión y electrocución a la avifauna rupícola de la ZEPA, ni a las especies
anteriormente citadas.
En todo caso, en el documento ambiental se establecen medidas correctoras y compensatorias para disminuir y compensar el impacto ambiental.
— Flora, vegetación y hábitats.
La principal afección es la eliminación de la vegetación de las áreas sobre las que se
actúa, en la fase de obras, debido a la instalación de las estructuras soporte, viales,