Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061929)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a cursos de especialización en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 109
Jueves 6 de junio de 2024
28787
Décimo sexto. Publicación de datos definitivos de solicitantes.
1. T
ranscurrido el plazo y valoradas las reclamaciones presentadas, se publicará en el tablón
de anuncios y la página web del centro educativo, la lista definitiva de admitidos ordenados
según la prelación recogida en el resuelvo noveno, así como el listado definitivo de excluidos, en el plazo establecido en el calendario de actuaciones, según los modelos indicado en
los anexos IV y V, respectivamente.
2. D
icha relación será la utilizada para realizar la adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad
de subsanación de los errores materiales que puedan detectarse durante el proceso.
Décimo séptimo. Publicación de la adjudicación definitiva.
1. F
inalizado el plazo de reclamaciones y atendidas y valoradas las mismas, se publicará en
el tablón de anuncios y la página web del centro educativo, el listado con la adjudicación
definitiva, siguiendo el modelo recogido en el anexo VII, con la advertencia de que dicha
publicación servirá de notificación a los interesados.
2. E
n caso de que hubiera más solicitudes que plazas vacantes, tras la adjudicación definitiva
y la formalización de la matrícula, se constituirá una lista de espera integrada por aquellos
solicitantes que, cumpliendo los requisitos de acceso, no obtuvieron plaza para el curso de
especialización.
Décimo octavo. Matriculación.
1. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados, la persona adjudicataria puede proceder a cumplimentar el modelo, conforme al anexo VIII o en el
formato auto rellenable a disposición del usuario en la página web de la Consejería competente. El solicitante puede formalizar la matrícula personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera
de los medios recogidos en el resuelvo duodécimo.
2. S
i en el plazo de matrícula no se procede a la formalización de la misma, la persona solicitante quedará excluida del proceso.
Décimo noveno. Publicación de las listas de espera y admisión extraordinaria.
1. F
inalizado el período de matriculación del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas
de espera de cada curso de especialización, en el plazo establecido, conforme al modelo del
Jueves 6 de junio de 2024
28787
Décimo sexto. Publicación de datos definitivos de solicitantes.
1. T
ranscurrido el plazo y valoradas las reclamaciones presentadas, se publicará en el tablón
de anuncios y la página web del centro educativo, la lista definitiva de admitidos ordenados
según la prelación recogida en el resuelvo noveno, así como el listado definitivo de excluidos, en el plazo establecido en el calendario de actuaciones, según los modelos indicado en
los anexos IV y V, respectivamente.
2. D
icha relación será la utilizada para realizar la adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad
de subsanación de los errores materiales que puedan detectarse durante el proceso.
Décimo séptimo. Publicación de la adjudicación definitiva.
1. F
inalizado el plazo de reclamaciones y atendidas y valoradas las mismas, se publicará en
el tablón de anuncios y la página web del centro educativo, el listado con la adjudicación
definitiva, siguiendo el modelo recogido en el anexo VII, con la advertencia de que dicha
publicación servirá de notificación a los interesados.
2. E
n caso de que hubiera más solicitudes que plazas vacantes, tras la adjudicación definitiva
y la formalización de la matrícula, se constituirá una lista de espera integrada por aquellos
solicitantes que, cumpliendo los requisitos de acceso, no obtuvieron plaza para el curso de
especialización.
Décimo octavo. Matriculación.
1. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados, la persona adjudicataria puede proceder a cumplimentar el modelo, conforme al anexo VIII o en el
formato auto rellenable a disposición del usuario en la página web de la Consejería competente. El solicitante puede formalizar la matrícula personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera
de los medios recogidos en el resuelvo duodécimo.
2. S
i en el plazo de matrícula no se procede a la formalización de la misma, la persona solicitante quedará excluida del proceso.
Décimo noveno. Publicación de las listas de espera y admisión extraordinaria.
1. F
inalizado el período de matriculación del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas
de espera de cada curso de especialización, en el plazo establecido, conforme al modelo del