Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061929)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a cursos de especialización en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 109
Jueves 6 de junio de 2024

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e. Publicación del resultado de la adjudicación definitiva.
f. M
 ecanización de las correspondientes matriculas en la Plataforma Educativa Rayuela.
Décimo tercero. Requisitos generales de admisión.
Podrá presentar solicitud de admisión:
1. E
 l alumnado que se incorpore por primera vez a un centro educativo sostenido con fondos
públicos para iniciar alguna de las enseñanzas de Grado E.
2. E
 l alumnado que no ha titulado en la modalidad virtual y desee cambiar de centro y/o
modalidad.
Décimo cuarto. Publicación de datos provisionales de solicitantes.
Finalizado el periodo de presentación de solicitudes se procederá a publicar en el tablón de
anuncios y en la página web del centro educativo, la situación provisional de todos los solicitantes admitidos ordenados conforme al resuelvo noveno de esta resolución, con indicación
de todas las circunstancias y criterios de prioridad aportados en la solicitud, y de aquella
documentación que deba ser cotejada, según el modelo del anexo IV. Del mismo modo, se
publicará el listado de los participantes excluidos conforme al modelo del anexo V.
Décimo quinto. Presentación de reclamaciones al listado de datos provisionales de
solicitantes.
1. P
 ublicada la lista provisional, la persona solicitante podrá, en el periodo de reclamaciones
establecido en el calendario de actuaciones, y según modelo del anexo VI, presentar las
alegaciones que estime oportunas aportando la documentación acreditativa de las mismas. Este proceso podrá realizarse personalmente en las dependencias administrativas del
centro educativo donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera de los medios
recogidos en el resuelvo séptimo.
2. T
 odo participante podrá pedir por escrito a la dirección del centro, información sobre los
listados provisionales y definitivos, en caso de no aparecer en los mismos la condición de
discapacidad de otros participantes por oposición expresa, a efectos de poder ejercer su
derecho de reclamación dentro de los plazos establecidos en el calendario de actuaciones.