Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040060)
Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V para el periodo 2024-2025.
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NÚMERO 109
Jueves 6 de junio de 2024

28437

Esta documentación no será exigible a las personas solicitantes de los Programas II y III.
i) En el Programa I y IV, cuando la persona interesada adquiera un negocio en funcionamiento, mediante relevo generacional, que le exima de la presentación del Plan de Empresa deberá presentar:


I. Copia del modelo 036 de Declaración censal de baja en el Censo de empresarios,
Profesionales y retenedores, o modelo 037 de Declaración censal simplificada de baja
en el censo de empresarios, profesionales y retenedores del transmitente. Cuando no
conste en este documento el epígrafe de la actividad que se trasmite, deberá aportarse “certificado de situación en el censo de actividades económicas emitidas por la
AEAT” correspondiente a la persona que trasmite la actividad.



II. Copia de la resolución provisional o definitiva por la que el Instituto Nacional de la
Seguridad Social le reconoce el derecho a una pensión de jubilación del sistema de
la Seguridad Social, o cualquier otro documento que acredite el relevo generacional.
Esta documentación no será exigible a las personas solicitantes de los Programas II y
III.

j) Quienes soliciten la ayuda del Programa II, además de los documentos que les afecten
recogidos en los apartados anteriores, deberán presentar, respecto de la persona autónoma principal y para el caso de solicitar ayudas para una segunda o sucesivas personas
que sean familiares colaboradores, declaración responsable de las altas y bajas de los
últimos seis meses de todas las personas que sean Familiares Colaboradores adscritas a
la actividad o actividades del autónomo principal.
k) Para el Programa III, cuando la persona interesada solicite por el colectivo prioritario
recogido en el artículo 30 en su apartado C. punto 1 a) del presente decreto, deberá
aportar documento oficial acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
l) Las personas que soliciten la ayuda del Programa IV, deberán aportar certificado de
la empresa con la que mantiene un contrato vigente, donde se acredite que el puesto
de trabajo del solicitante está situado en la Comunidad Autónoma de Extremadura o,
supletoriamente, suscribir y aportar una Declaración responsable donde se recoja esta
circunstancia, especificando la dirección del puesto de trabajo.
En el caso de que el puesto de trabajo por cuenta ajena no se desarrolle en modalidad
presencial y/o no se ejerza en ningún establecimiento físico, se considerará, sólo a los
efectos de las ayudas reguladas por el presente decreto, que el puesto de trabajo se