Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. Subvenciones. (2024061617)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2024.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024

28181

Agenda Urbana. El modelo de solicitud podrá ser cumplimentada a través de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, que se ubica en la dirección de internet:
http://sede.juntaex.es.
3. L
 as solicitudes se presentarán acompañadas de los documentos indicados en el resuelve
quinto de la presente resolución. Se presentarán de forma electrónica a través del Registro
Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura o en cualquiera de
los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante
LPACAP).
Este mismo medio deberá ser utilizado para la realización de cualquier trámite del procedimiento.
4. E
 n aplicación del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio los
datos o documentos elaborados o en poder de cualquier Administración Pública salvo que
conste en el procedimiento la oposición expresa de los interesados. En el supuesto de que
la entidad solicitante haya manifestado dicha oposición, para que la Administración pueda
llevar a cabo las comprobaciones indicadas, en el modelo de la solicitud, deberá ser dicha
entidad la que aporte las certificaciones correspondientes.
5. Una vez recibida la solicitud, si esta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá
a la entidad solicitante para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la LPACAP.
6. La presentación de las solicitudes supondrá la aceptación íntegra de las bases reguladoras.
Quinto. Documentación que debe acompañarse a la solicitud.
1. L
 as solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas, acompañadas de los siguientes documentos, en original o copia auténtica, por el funcionariado habilitado o mediante
actuación administrativa automatizada:
a) Certificación expedida por quien ejerza la titularidad de la Secretaría Municipal en la que
conste los acuerdos del órgano municipal competente aprobando:


1º. La solicitud de subvención.



2º. L
 a redacción del instrumento de planeamiento objeto de solicitud de subvención.