Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. Subvenciones. (2024061617)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2024.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024
28179
sus artículos 3 “Principios generales”, 5 “Disposiciones generales”, 6 “De la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura”, 21 “De transversalidad de género”, 22 “Desarrollo
del principio de interseccionalidad”, 27 “Lenguaje e imagen no sexista”, 28 “De estadísticas
e investigaciones con perspectiva de género”, 29 “Representación equilibrada de los órganos
directivos y colegiados”, y el artículo 31 “Ayudas y subvenciones”.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 7 de mayo de 2024,
RESUELVO:
Primero. Norma que regula las subvenciones y fecha de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Las subvenciones convocadas mediante la presente resolución se encuentran definidas en la
Orden de 12 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de
los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 25 de marzo de
2024).
Segundo. Objeto y beneficiarios.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para la concesión de subvenciones para la contratación de los trabajos de asistencia técnica para la redacción y
tramitación de Planes Generales Municipales, redactados atendiendo al régimen previsto
en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura (en adelante LOTUS).
Igualmente se podrán solicitar ayudas para la redacción de Estudios de Inundabilidad, siempre que su redacción sea requerida como consecuencia de las determinaciones originadas por
Informes Sectoriales emanados durante la tramitación del Plan General Municipal.
2. A los efectos de la presente resolución y de las normas que la desarrollen se entenderá
por “Plan General Municipal” (en adelante PGM) al instrumento de planeamiento que tiene
como objeto establecer la ordenación estructural y la ordenación detallada del municipio,
conforme a las determinaciones dispuestas en el artículo 44 y siguientes de la LOTUS.
3. P
odrán beneficiarse estas ayudas aquellos Ayuntamientos que no dispongan de un PGM
vigente adecuado a las disposiciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, LOTUS.
Miércoles 5 de junio de 2024
28179
sus artículos 3 “Principios generales”, 5 “Disposiciones generales”, 6 “De la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura”, 21 “De transversalidad de género”, 22 “Desarrollo
del principio de interseccionalidad”, 27 “Lenguaje e imagen no sexista”, 28 “De estadísticas
e investigaciones con perspectiva de género”, 29 “Representación equilibrada de los órganos
directivos y colegiados”, y el artículo 31 “Ayudas y subvenciones”.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 7 de mayo de 2024,
RESUELVO:
Primero. Norma que regula las subvenciones y fecha de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Las subvenciones convocadas mediante la presente resolución se encuentran definidas en la
Orden de 12 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de
los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 25 de marzo de
2024).
Segundo. Objeto y beneficiarios.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para la concesión de subvenciones para la contratación de los trabajos de asistencia técnica para la redacción y
tramitación de Planes Generales Municipales, redactados atendiendo al régimen previsto
en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura (en adelante LOTUS).
Igualmente se podrán solicitar ayudas para la redacción de Estudios de Inundabilidad, siempre que su redacción sea requerida como consecuencia de las determinaciones originadas por
Informes Sectoriales emanados durante la tramitación del Plan General Municipal.
2. A los efectos de la presente resolución y de las normas que la desarrollen se entenderá
por “Plan General Municipal” (en adelante PGM) al instrumento de planeamiento que tiene
como objeto establecer la ordenación estructural y la ordenación detallada del municipio,
conforme a las determinaciones dispuestas en el artículo 44 y siguientes de la LOTUS.
3. P
odrán beneficiarse estas ayudas aquellos Ayuntamientos que no dispongan de un PGM
vigente adecuado a las disposiciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, LOTUS.