Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Medidas Urgentes. Subvenciones. (2024DE0001)
Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024

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y mecanismos de regulación naturales, así como medios químicos, biológicos, físicos o materiales, a fin de obtener unos resultados económicos, rendimientos, calidades y costes de
producción de las cosechas que sean aceptables desde los puntos de vista social y medioambiental, bien cualesquiera otras medidas tendentes a la reducción o la optimización del uso de
medios de defensa vegetal.
Según el Decreto 69/2016, de 31 de mayo, por el que se regulan las agrupaciones técnicas de
sanidad vegetal (ATESVE) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estas entidades elaboran para las personas agricultoras programas de producción en materia de sanidad vegetal
y cumplimiento de la gestión integrada de plagas; asesoran técnicamente a las mismas ante
los problemas que puedan surgir en la aplicación de dichos programas; analizan los puntos
críticos en la gestión fitosanitaria de las explotaciones asesoradas que lo requieran; participan
en los programas de erradicación y control de plagas no establecidas y de plagas emergentes;
incorporan, ponen a punto e implantan nuevos modelos y técnicas de gestión integrada de
plagas; estudian la fenomenología del cultivo, bioecología de sus plagas y sus umbrales y de
los métodos de control más respetuosos con el agroecosistema; y asesoran en materia de
higiene en la producción primaria agrícola de los cultivos gestionados (Artículo 8); además
disponen de un estudio permanentemente actualizado de su zona de influencia, que refleja
la estructura de cultivos controlados existentes, la evolución de plagas y enfermedades que
les afecten, el historial climático, estudio económico y rendimientos históricos de los cultivos
controlados en dicha zona, la estructura y caracterización medioambiental de la misma (ríos,
humedales, zonas ZEPA, masas forestales, etcétera) y cuantos parámetos y criterios de valoración, con especial referencia al medio rural en general y al sector agrícola en particular,
puedan contribuir a mejorar las actuaciones de las ATESVE (Artículo 10 g).
En las agrupaciones se integran pequeñas y medianas explotaciones con el objeto de disponer
de un técnico asesor especialista en gestión de plagas que permita abordar de forma conjunta
y temprana los problemas fitosanitarios de las explotaciones asesoradas. El conocimiento del
técnico de la epidemiología de los agentes nocivos en su territorio de actuación es esencial
para realizar una gestión de plagas basada en alertas tempranas, con uso de métodos alternativos de control y reducción del empleo de productos fitosanitarios. La eficacia en el control
de una plaga se multiplica cuando este se realiza de forma conjunta sobre grandes superficies. Estas agrupaciones colaboran de forma activa en los programas de vigilancia de plagas
cuarentenarias no establecidas en la comunidad autónoma y en la erradicación en caso de
detección.
Las agrupaciones se distribuyen a lo largo del territorio, están especializadas en los cultivos
más importantes de cada zona y, coordinadas por los técnicos de Sanidad Vegetal de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, vertebran una red de asesoramiento para el seguimiento, control y prevención de plagas a semejanza del sistema de alertas de salud pública.