Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061806)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Captación de aguas subterráneas para abastecimiento de Riomalo de Arriba (Ladrillar)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Ladrillar. Expte.: IA23/1030.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024

27770

Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo a
dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, según lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), así como en el Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en
adelante RDPH):


Dominio público hidráulico:



• Toda actuación que se realice en dominio público hidráulico (definido en el artículo
2 y desarrollado en los posteriores artículos del TRLA) deberá contar de la preceptiva autorización por parte de este organismo.



• Además, también se indica que en ningún caso se autorizarán dentro del dominio
público hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas
albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 51.3. del RDPH.



Zona de servidumbre y zona de policía:



• Toda actuación que se realice en zona de policía (banda de 100 metros colindante
con terrenos de dominio público hidráulico) deberá contar con la preceptiva autorización por parte de este organismo, y en particular las actividades mencionadas
en el artículo 9 del RDPH. Además, se indica que la zona de servidumbre (banda
de 5 metros colindante con terrenos de dominio público hidráulico) deberá ser respetada, según se establece en el artículo 6 del TRLA y en el artículo 7 del RDPH.



• Según se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse
cuando se dé alguna de las causas señaladas en el citado artículo.



Autorizaciones y visor SNCZI:



• Las solicitudes de autorizaciones de actuaciones en zonas de dominio público hidráulico y en zonas de policía pueden obtenerse en el apartado Servicios al Ciudadano

□ Tramitaciones de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo,

cuyo enlace se muestra a continuación, en donde además pueden obtenerse otro
tipo de solicitudes, información general, etc.:



http://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/default.aspx
• Por último, se indica la existencia de un visor que puede ser útil, se trata del visor del
Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI,