Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2024040078)
Decreto 47/2024, de 28 de mayo, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de subvenciones para el sostenimiento económico y financiero de determinadas entidades prestadoras de servicios especializados prestados a personas con discapacidad y desarrollo de proyectos de atención directa a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 106
Lunes 3 de junio de 2024

27431

En otro orden de cosas, en fecha 31 de octubre 2022, se adjudicaron los conciertos sociales
directamente a aquellas entidades que venían prestando los servicios concertados al amparo
del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), que fueron adjudicados directamente en la anualidad 2020 a
las mismas entidades que los venían prestando conforme a lo establecido en el artículo 3.1 del
Decreto-ley 5/2020, de 3 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias
en materia de política social y sanitaria, y renovados al amparo de la disposición adicional
primera del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización
de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia al objeto de dar continuidad a los servicios, realizándose su tramitación al amparo
de la disposición transitoria única del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se
desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de
servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
Los servicios comenzaron a prestarse el 2 de octubre de 2022 y, por tanto, el régimen jurídico
aplicable desde esa fecha es el contenido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, y el
aplicable al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 1 de octubre de 2022 es el
contenido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, el Decreto-ley 5/2020, de 3 de abril, por
el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en materia de política social y sanitaria y el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización
de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Respecto a lo anterior, mediante Resolución de 19 de julio de 2023, de la Dirección Gerencia
del SEPAD, se aprueba la actualización de precios de los servicios concertados incluidos en el
Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el
Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, incrementando los precios plaza en un 6, 8%
con efectos 1 de enero de 2022, para dar cumplimiento al Acuerdo parcial del XV Convenio
colectivo, no habiendo sido posible abonar los atrasos a aquellas entidades que tuvieron los
servicios concertados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 1 de
octubre de 2022, toda vez que el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, es aplicable a los
conciertos formalizados al amparo del citado decreto, y el artículo 69 del Decreto 151/2006,
de 31 de julio, por el que se regula el pago de los atrasos generados se refiere a aquellos
conciertos formalizados al amparo de dicho Decreto 151/2006 que se encuentren en vigor.
En ambos supuestos, esto es, tanto en las subvenciones como en los servicios concertados citados, el incremento producido por la aplicación del Acuerdo parcial del XV Convenio colectivo
de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, retrotrae sus efectos al día 1