Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2024061816)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2024.
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Viernes 31 de mayo de 2024

y para la prestación útil de los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión de subvenciones.
En virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de mujer
a la Presidencia de la Junta de Extremadura, según el artículo 3 del Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del cual se adscribe el Instituto de la Mujer de Extremadura a la Presidencia de la Junta de Extremadura, y
se establece la competencia en materia de subvenciones a favor de la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, en relación a lo
previsto en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. Mediante la presente resolución se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2024, de las
ayudas destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, en régimen de concurrencia
competitiva.
2. La presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 24 de agosto
de 2021 (DOE n.º 169, de 1 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, así como por lo
dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y demás normativa de aplicación.
Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos generales.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las asociaciones de mujeres, agrupaciones
y federaciones de asociaciones de mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
1. T
 ener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la
igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.