Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2024061816)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2024.
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NÚMERO 105
Viernes 31 de mayo de 2024

III

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OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la
que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la
consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y
hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones
de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2024. (2024061816)
Mediante Orden 24 de agosto de 2021, (DOE n.º 169, de 1 de septiembre) se establecen las
bases reguladoras, que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de
oportunidades, entre mujeres y hombres.
El artículo 4 de la citada orden, establece que el procedimiento de concesión de las ayudas se
efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de conformidad con el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, iniciándose de oficio mediante resolución de la persona titular de
la Secretaría General de la Consejería competente en materia de Igualdad.
El artículo 71 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y
contra la violencia de género en Extremadura previene que los poderes públicos promoverán
el asociacionismo de las mujeres del ámbito rural para contribuir a una igualdad de oportunidades real entre mujeres y hombres.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por la Ley
5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, el Procedimiento para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de
oficio mediante la convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, previa autorización por el Consejo de Gobierno cuando la cuantía de
la convocatoria supere los 900.000 euros.
En la presente Resolución se recogen las disposiciones recogidas en las Leyes 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía