Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061786)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor para financiar la prestación de servicios en materia de seguridad de los juguetes y otros artículos infantiles, en el ámbito del Instituto de Consumo de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024

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Dichas memorias económicas contendrán un certificado del representante legal de la
entidad conforme al modelo que se acompaña como Anexo III, y un cuadro resumen
de la cuenta justificativa, entendida como operación de pago, con identificación de los
gastos según su naturaleza.
Referente al personal imputado a la transferencia, se relacionará en el modelo de
certificado como Anexo III, haciéndose constar que es el personal necesario para la
realización de las actuaciones contempladas en la misma. Los costes de personal serán
imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel directo y clave en el
proyecto.
La selección de personal nuevo que se contrate para la prestación de servicios en esta
transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia,
igualdad de oportunidades y no discriminación, y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
B) Memoria técnica.
Se deberá presentar una memoria técnica anual donde se describan las actuaciones
realizadas junto con el desglose por actividades conforme a los indicadores de seguimiento por programa que se describen en el anexo I, en los plazos que se establecen en
la cláusula cuarta del convenio. Esta memoria técnica incluirá además las conclusiones
del programa y hará las veces de memoria final del proyecto.
2. F
 ormas de pago.
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican
a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario.
El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado
en el documento de gasto.
— Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de
gasto.