Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061786)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor para financiar la prestación de servicios en materia de seguridad de los juguetes y otros artículos infantiles, en el ámbito del Instituto de Consumo de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 102

26677

Martes 28 de mayo de 2024

ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta
justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de
presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, las actuaciones, eventos, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en
ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de
pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (entre otras: nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio
del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor, y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administración
Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación
por parte del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor la conservación de la documentación durante un plazo mínimo de 4 años conforme al contenido de la cláusula cuarta
del presente convenio.
1. D
 ocumentación justificativa a presentar por el consorcio extremeño de información al
consumidor.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente:
A) M
 emorias económicas trimestrales y certificados.
Las diferentes memorias económicas trimestrales, firmadas y selladas en todas sus hojas por el representante legal del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor,
donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos
a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dichas memorias se
remitirán al INCOEX.