Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061785)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Financiación para la gestión del instrumento financiero "Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024
26654
14.5. Verificación y control de las operaciones:
14.5.1. La Junta de Extremadura verificará que AVANTE ha cumplido los procedimientos
necesarios conforme a lo acordado, y de forma correcta, para la puesta en marcha y
ejecución del instrumento financiero.
14.5.2. AVANTE elaborará el informe anual de ejecución sobre la gestión del instrumento con el fin de garantizar el cumplimiento de la gestión otorgada, pudiendo auxiliarse
de una empresa externa si lo considera necesario. El informe anual de ejecución será
entregado a la Junta de Extremadura en la forma y plazos que se establecen en el artículo 13.
15. P
olítica de Salida y Provisiones de Liquidación.
15.1. Política de salida.
Al menos seis meses antes del 31 de diciembre de 2026, las partes deberán negociar y
acordar una oportunidad de extender el plazo de vigencia del presente Acuerdo, por un
período a determinar, o liquidar las Operaciones, con base en un análisis de las condiciones
de mercado.
Considerando la fase inicial en la que se encuentra el instrumento financiero, no es posible
establecer, en este momento, directrices específicas y detalladas en relación con la política de salida. Sin embargo, aunque los detalles de la estrategia de salida del instrumento
financiero se determinen en una fase posterior por la Junta de Extremadura y AVANTE, un
posible caso de salida podría ser:
(i) reinstalar el instrumento financiero previsto en este Acuerdo en cualquier otra entidad, previa evaluación de mercado que lo justifique y con todos los derechos y
obligaciones del Fondo de Garantía.
(ii) transferir la gestión de los derechos y obligaciones del Fondo a la Junta de Extremadura u otro organismo o institución designada para la reinversión de los recursos en
otro/s instrumentos financieros o mediante otra forma de ayuda, mediante igualmente una evaluación de las condiciones del mercado.
Esta lista no es exhaustiva sino simplemente un ejemplo de las posibilidades.
15.2. Gestión de las Garantías formalizadas:
AVANTE continuará gestionando las garantías formalizadas antes del 31 de diciembre de
2026 sólo en el caso que las partes lleguen a un ACUERDO de continuación o prórroga y
por el período de vigencia que se estipule.
Martes 28 de mayo de 2024
26654
14.5. Verificación y control de las operaciones:
14.5.1. La Junta de Extremadura verificará que AVANTE ha cumplido los procedimientos
necesarios conforme a lo acordado, y de forma correcta, para la puesta en marcha y
ejecución del instrumento financiero.
14.5.2. AVANTE elaborará el informe anual de ejecución sobre la gestión del instrumento con el fin de garantizar el cumplimiento de la gestión otorgada, pudiendo auxiliarse
de una empresa externa si lo considera necesario. El informe anual de ejecución será
entregado a la Junta de Extremadura en la forma y plazos que se establecen en el artículo 13.
15. P
olítica de Salida y Provisiones de Liquidación.
15.1. Política de salida.
Al menos seis meses antes del 31 de diciembre de 2026, las partes deberán negociar y
acordar una oportunidad de extender el plazo de vigencia del presente Acuerdo, por un
período a determinar, o liquidar las Operaciones, con base en un análisis de las condiciones
de mercado.
Considerando la fase inicial en la que se encuentra el instrumento financiero, no es posible
establecer, en este momento, directrices específicas y detalladas en relación con la política de salida. Sin embargo, aunque los detalles de la estrategia de salida del instrumento
financiero se determinen en una fase posterior por la Junta de Extremadura y AVANTE, un
posible caso de salida podría ser:
(i) reinstalar el instrumento financiero previsto en este Acuerdo en cualquier otra entidad, previa evaluación de mercado que lo justifique y con todos los derechos y
obligaciones del Fondo de Garantía.
(ii) transferir la gestión de los derechos y obligaciones del Fondo a la Junta de Extremadura u otro organismo o institución designada para la reinversión de los recursos en
otro/s instrumentos financieros o mediante otra forma de ayuda, mediante igualmente una evaluación de las condiciones del mercado.
Esta lista no es exhaustiva sino simplemente un ejemplo de las posibilidades.
15.2. Gestión de las Garantías formalizadas:
AVANTE continuará gestionando las garantías formalizadas antes del 31 de diciembre de
2026 sólo en el caso que las partes lleguen a un ACUERDO de continuación o prórroga y
por el período de vigencia que se estipule.