Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061785)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Financiación para la gestión del instrumento financiero "Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024

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13.2. A estos efectos, AVANTE deberá elaborar un informe anual de ejecución de los instrumentos financieros.
Informe anual de ejecución de los instrumentos financieros: AVANTE deberá elaborar y
presentar al Consejo Ejecutivo antes del 30 de junio de cada año, para su aprobación, un
informe específico sobre las Operaciones que implican la utilización del instrumento financiero (referidas al año anterior). Además, Extremadura Avante se compromete a remitir
junto con dicho informe anual el informe de auditoría contable del Fondo de Garantía.
14. P
 ista de Auditoría y Control.
14.1. Principios Generales en materia de verificación y control:
14.1.1. La Junta de Extremadura realizará verificaciones de la gestión durante todo
el periodo de vigencia de este Acuerdo. AVANTE, como gestor del instrumento financiero deberá disponer lo necesario para permitir que la Junta de Extremadura, y sus
verificadores, así como, cualquier otro organismo o institución nacional o regional con
competencias en materia de auditoría y control, puedan tener acceso a la información
necesaria para llevar a firme sus cometidos.
14.1.2. La Junta de Extremadura tendrá derecho a enviar a cualquier representante o
a cualquier autoridad competente reglamentariamente para efectuar controles sobre
el instrumento. Asimismo, podrá realizar tantos controles y/o verificaciones como se
consideren necesarios. Este derecho se extiende al ámbito del instrumento financiero,
sus operaciones y los destinatarios finales.
14.2. Normas y Disposiciones.
14.2.1. Para dar cumplimiento a lo anterior, en los contratos o convenios con los destinatarios finales, AVANTE deberá incluir provisiones que reconozcan el derecho de la
Junta de Extremadura, así como de cualquier otro organismo o institución nacional o
regional con competencias en materia de auditoría y control, a realizar verificaciones de
los destinatarios finales de las operaciones.
14.3. Plazos.
14.3.1. Las partes involucradas en una Operación deberán mantener la documentación
relevante a efectos de pista de auditoría y control durante el periodo de dos años a
partir del 31 de diciembre siguiente a la liquidación de la garantía ofrecida por el Fondo.
14.4. Obligaciones específicas en materia de mantenimiento de pista de auditoría.