Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061785)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Financiación para la gestión del instrumento financiero "Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024

26650



iii. Cualquier recomendación realizada por la Comisión Técnica de Gestión y,



iv. El ritmo de ejecución del instrumento de garantía y la mayor o menor demanda respecto a las previsiones iniciales.

9.3. Si una modificación de este tipo se considera necesaria, AVANTE deberá facilitar un
borrador de las propuestas a realizar al Consejo Ejecutivo, acompañada de la correspondiente justificación, que el Consejo deberá aprobar.
9.4. Las modificaciones que impliquen la creación de nuevos instrumentos financieros, la
supresión de los existentes o la transferencia de fondos entre otros instrumentos financieros diferentes, requerirán, aparte de la aprobación del Consejo Ejecutivo, el visto bueno
por parte del Consejo de Gobierno de Extremadura.
10. C
 omisión de Gestión.
10.1. El presente artículo será de aplicación, en el mismo momento que suceda tras la
firma del presente Acuerdo de Financiación, y la correspondiente constitución del Fondo de
Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura, el cual, aunque carecerá de personalidad jurídica, si mantendrá C.I.F. propio y estará sujeto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias.
10.2. Los porcentajes y formas de cálculo de la comisión de gestión viene determinada
a imagen y semejanza de la gestión de otros Fondos que Gestiona AVANTE, por lo que
la comisión, podemos considerarla de mercado, buscando siempre el cubrir los costes, y
obviando cualquier intención de lucro.
10.3. AVANTE, como gestor del Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura, percibirá del mismo, como contraprestación por sus servicios de gestión y representación, y con cargo al patrimonio del mismo, una comisión de gestión máxima equivalente
al 2,5% anual sobre el Patrimonio Neto del Fondo.
La comisión de gestión se devengará día a día y será liquidada y pagadera de forma anual,
dentro de los quince días naturales siguientes al comienzo de cada periodo anual.
11. G
 estión de Tesorería.
11.1. Las cantidades y fondos ingresados en la Cuenta del Fondo de Garantía podrán invertirse temporalmente de conformidad con los principios de buena gestión financiera,
siguiendo normas prudenciales adecuadas, y debiendo mantener una liquidez adecuada.
El cumplimiento del principio de buena gestión financiera implica, el cumplimiento de los
siguientes principios: