Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061757)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024
26370
nivel y alto rendimiento (BOE núm. 177, de 25 de julio). En cada una de las adjudicaciones,
si las vacantes escolares reservadas en cada cupo para personas estudiantes que tengan
vigente su condición de deportistas de alto nivel o rendimiento no resultan cubiertas por
ningún solicitante perteneciente a este colectivo, pasarán a la oferta general de ese cupo.
6. Las vacantes que surjan en cada adjudicación en los diferentes cupos por la no confirmación
de matrícula por parte del alumnado se distribuirán para la siguiente adjudicación, de acuerdo con las proporciones establecidas en el apartado 1 de este resuelvo. Si la vacante surge
durante el proceso de adjudicación por resulta de mejora de plaza de una persona, dicha
vacante se adjudicará directamente en el cupo ordinario de procedencia de dicha persona.
7. S
i se produjeran empates, se resolverán en atención al resuelvo trigésimo noveno de la
resolución.
8. L
as personas solicitantes en caso de contar con varias titulaciones que le faculten para participar en varios cupos deberán decantarse por un cupo, de los establecidos en el presente
resuelvo.
Decimosegundo. Requisitos generales de admisión a primer curso.
1. P
odrá participar en el proceso de admisión a primer curso a las enseñanzas de Formación
Profesional de Grado Medio y Grado Superior, las personas que:
a. Se incorpore por primera vez a un centro educativo sostenido con fondos públicos para iniciar alguna de las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio o grado superior.
b. O
pten a un cambio de ciclo y/o centro o de modalidad de oferta de enseñanzas presencial.
c. No habiendo promocionado a segundo curso en la modalidad presencial completa deseen cambiar de centro y/o turno.
d. E
l alumnado que esté en disposición de realizar dicho curso y no hubiera estado matriculado en estas enseñanzas en el curso 2023/2024.
2. D
urante el mismo curso académico el alumnado no podrá estar matriculado en más de una
enseñanza oficial de régimen general.
Decimotercero. Presentación de solicitudes de admisión a primer curso.
1. L
as personas interesadas en solicitar admisión en primer curso, dentro del plazo establecido en el calendario de actuaciones, presentarán una única solicitud de admisión, bien a
grado medio o bien a grado superior.
Viernes 24 de mayo de 2024
26370
nivel y alto rendimiento (BOE núm. 177, de 25 de julio). En cada una de las adjudicaciones,
si las vacantes escolares reservadas en cada cupo para personas estudiantes que tengan
vigente su condición de deportistas de alto nivel o rendimiento no resultan cubiertas por
ningún solicitante perteneciente a este colectivo, pasarán a la oferta general de ese cupo.
6. Las vacantes que surjan en cada adjudicación en los diferentes cupos por la no confirmación
de matrícula por parte del alumnado se distribuirán para la siguiente adjudicación, de acuerdo con las proporciones establecidas en el apartado 1 de este resuelvo. Si la vacante surge
durante el proceso de adjudicación por resulta de mejora de plaza de una persona, dicha
vacante se adjudicará directamente en el cupo ordinario de procedencia de dicha persona.
7. S
i se produjeran empates, se resolverán en atención al resuelvo trigésimo noveno de la
resolución.
8. L
as personas solicitantes en caso de contar con varias titulaciones que le faculten para participar en varios cupos deberán decantarse por un cupo, de los establecidos en el presente
resuelvo.
Decimosegundo. Requisitos generales de admisión a primer curso.
1. P
odrá participar en el proceso de admisión a primer curso a las enseñanzas de Formación
Profesional de Grado Medio y Grado Superior, las personas que:
a. Se incorpore por primera vez a un centro educativo sostenido con fondos públicos para iniciar alguna de las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio o grado superior.
b. O
pten a un cambio de ciclo y/o centro o de modalidad de oferta de enseñanzas presencial.
c. No habiendo promocionado a segundo curso en la modalidad presencial completa deseen cambiar de centro y/o turno.
d. E
l alumnado que esté en disposición de realizar dicho curso y no hubiera estado matriculado en estas enseñanzas en el curso 2023/2024.
2. D
urante el mismo curso académico el alumnado no podrá estar matriculado en más de una
enseñanza oficial de régimen general.
Decimotercero. Presentación de solicitudes de admisión a primer curso.
1. L
as personas interesadas en solicitar admisión en primer curso, dentro del plazo establecido en el calendario de actuaciones, presentarán una única solicitud de admisión, bien a
grado medio o bien a grado superior.