Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024061742)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 100
Viernes 24 de mayo de 2024
26296
recogida en el resuelvo séptimo, así como el listado definitivo de excluidos, en el plazo establecido en el calendario, según los modelos de los anexos IV y V.
2. D
icha prelación será la utilizada para realizar la adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad
de subsanación de los errores materiales que puedan detectarse durante el proceso.
Decimoséptimo. Publicación de la adjudicación definitiva.
1. F
inalizado el plazo de reclamaciones, atendidas y valoradas las mismas, se publicará el
listado con la adjudicación definitiva, siguiendo el modelo recogido en el anexo VII, con la
advertencia de que dichas publicaciones servirán de notificación a los interesados.
2. E
n caso de que hubiera más solicitudes que plazas vacantes, tras la adjudicación definitiva
se constituirá una lista de espera integrada por aquellos solicitantes que, cumpliendo los
requisitos de acceso, no obtuvieron plaza para el curso de especialización.
Decimoctavo. Matriculación.
1. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los cursos de especialización solicitados, la
persona adjudicataria puede proceder a formalizar la matrícula cumplimentando el modelo,
bien conforme al anexo VIII o en formato autorrellenable, a disposición del usuario en la
página web de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional. Dicho trámite
podrá realizarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo
donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera de los medios recogidos en el resuelvo duodécimo apartado tres.
2. S
i en el plazo de matrícula no se procede a la formalización de esta, la persona solicitante
quedará excluida del proceso correspondiente.
Decimonoveno. Publicación de las listas de espera.
1. F
inalizado el período de matrícula del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas de
espera de cada curso de especialización, respetando el orden establecido en la lista definitiva de admitidos. A dichas listas se podrán incorporar aquellos solicitantes que, cumpliendo
los requisitos de acceso, no presentaron solicitud en el periodo ordinario. El orden de incorporación será a continuación de los que ya integraban las listas de espera y en función del
momento de presentación de su solicitud, según el modelo del anexo III.
2. E
l listado del alumnado integrante de las listas de espera así como las vacantes existentes
en cada curso de especialización, será publicado en el tablón de anuncios del centro educativo, en el plazo establecido y conforme al modelo del anexo IX.
Viernes 24 de mayo de 2024
26296
recogida en el resuelvo séptimo, así como el listado definitivo de excluidos, en el plazo establecido en el calendario, según los modelos de los anexos IV y V.
2. D
icha prelación será la utilizada para realizar la adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad
de subsanación de los errores materiales que puedan detectarse durante el proceso.
Decimoséptimo. Publicación de la adjudicación definitiva.
1. F
inalizado el plazo de reclamaciones, atendidas y valoradas las mismas, se publicará el
listado con la adjudicación definitiva, siguiendo el modelo recogido en el anexo VII, con la
advertencia de que dichas publicaciones servirán de notificación a los interesados.
2. E
n caso de que hubiera más solicitudes que plazas vacantes, tras la adjudicación definitiva
se constituirá una lista de espera integrada por aquellos solicitantes que, cumpliendo los
requisitos de acceso, no obtuvieron plaza para el curso de especialización.
Decimoctavo. Matriculación.
1. U
na vez adjudicada una plaza en alguno de los cursos de especialización solicitados, la
persona adjudicataria puede proceder a formalizar la matrícula cumplimentando el modelo,
bien conforme al anexo VIII o en formato autorrellenable, a disposición del usuario en la
página web de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional. Dicho trámite
podrá realizarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo
donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera de los medios recogidos en el resuelvo duodécimo apartado tres.
2. S
i en el plazo de matrícula no se procede a la formalización de esta, la persona solicitante
quedará excluida del proceso correspondiente.
Decimonoveno. Publicación de las listas de espera.
1. F
inalizado el período de matrícula del alumnado de nuevo ingreso, se generarán listas de
espera de cada curso de especialización, respetando el orden establecido en la lista definitiva de admitidos. A dichas listas se podrán incorporar aquellos solicitantes que, cumpliendo
los requisitos de acceso, no presentaron solicitud en el periodo ordinario. El orden de incorporación será a continuación de los que ya integraban las listas de espera y en función del
momento de presentación de su solicitud, según el modelo del anexo III.
2. E
l listado del alumnado integrante de las listas de espera así como las vacantes existentes
en cada curso de especialización, será publicado en el tablón de anuncios del centro educativo, en el plazo establecido y conforme al modelo del anexo IX.