Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050093)
Orden de 15 de mayo de 2024 por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2024, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las Medidas Generales y las Medidas de Autoprotección.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 99
Jueves 23 de mayo de 2024
26093
do maquinaria, aperos, herramientas y equipos de los previstos en el artículo 11, deberá
formular la declaración responsable, acogiéndose a las particularidades señaladas en el
presente artículo y en el condicionado de la misma.
2. La declaración responsable deberá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado al
efecto.
3. Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en el anexo IV.
b) Que venga referida, únicamente, a un determinado aprovechamiento en una zona forestal concreta.
c) Que el contenido esencial de la misma se encuentre debidamente completado, considerándose éste como aquellos datos referentes a: identificación y firma de la persona
interesada, medio de notificación, datos del aprovechamiento, localización y fecha de
realización.
4. La declaración responsable que cumpla los requisitos anteriormente señalados se presume
válida y surge efectos una vez transcurridos 3 días hábiles desde su formulación telemática
en la dirección electrónica anteriormente señalada. La vigencia de la misma se prolongará
hasta la finalización de la Época de Peligro Alto.
5. La declaración responsable que no cumpla con los requisitos anteriormente señalados carecerá de validez. El órgano competente comunicará tal circunstancia, declarando la imposibilidad de realizar el uso o actividad objeto de la declaración.
6. La persona interesada estará habilitada para realización del uso o actividad referido una
vez que la declaración responsable surta efecto, respetando el condicionado que se detalle
en la misma, el cuadro de precauciones y medidas mínimas de seguridad, las previsiones
de la presente orden, y el resto de ordenamiento jurídico aplicable.
Artículo 14. Declaraciones responsables para actividades con máquinas recolectoras.
1. La persona que, en calidad de recolector, pretenda realizar materialmente labores con
maquinaria tales como cosechadoras, segadoras o empacadoras, durante la Época de Peligro Alto, en terreno forestal y en zona de influencia forestal, deberá formular declaración
responsable, acogiéndose a las particularidades señaladas en el presente artículo y en el
condicionado de la misma.
Jueves 23 de mayo de 2024
26093
do maquinaria, aperos, herramientas y equipos de los previstos en el artículo 11, deberá
formular la declaración responsable, acogiéndose a las particularidades señaladas en el
presente artículo y en el condicionado de la misma.
2. La declaración responsable deberá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado al
efecto.
3. Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en el anexo IV.
b) Que venga referida, únicamente, a un determinado aprovechamiento en una zona forestal concreta.
c) Que el contenido esencial de la misma se encuentre debidamente completado, considerándose éste como aquellos datos referentes a: identificación y firma de la persona
interesada, medio de notificación, datos del aprovechamiento, localización y fecha de
realización.
4. La declaración responsable que cumpla los requisitos anteriormente señalados se presume
válida y surge efectos una vez transcurridos 3 días hábiles desde su formulación telemática
en la dirección electrónica anteriormente señalada. La vigencia de la misma se prolongará
hasta la finalización de la Época de Peligro Alto.
5. La declaración responsable que no cumpla con los requisitos anteriormente señalados carecerá de validez. El órgano competente comunicará tal circunstancia, declarando la imposibilidad de realizar el uso o actividad objeto de la declaración.
6. La persona interesada estará habilitada para realización del uso o actividad referido una
vez que la declaración responsable surta efecto, respetando el condicionado que se detalle
en la misma, el cuadro de precauciones y medidas mínimas de seguridad, las previsiones
de la presente orden, y el resto de ordenamiento jurídico aplicable.
Artículo 14. Declaraciones responsables para actividades con máquinas recolectoras.
1. La persona que, en calidad de recolector, pretenda realizar materialmente labores con
maquinaria tales como cosechadoras, segadoras o empacadoras, durante la Época de Peligro Alto, en terreno forestal y en zona de influencia forestal, deberá formular declaración
responsable, acogiéndose a las particularidades señaladas en el presente artículo y en el
condicionado de la misma.