Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050093)
Orden de 15 de mayo de 2024 por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2024, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las Medidas Generales y las Medidas de Autoprotección.
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NÚMERO 99
Jueves 23 de mayo de 2024
26092
Artículo 12. Procedimiento de declaración responsable.
1. La persona que pretenda realizar cualquiera de las actividades relacionadas en el artículo
anterior, deberá formular una declaración responsable con el contenido y requisitos que se
citan en el presente artículo y en los siguientes.
2. La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la Dirección General de Prevención y Extinción
de Incendios Forestales.
Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica
https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado al
efecto.
3. Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en los anexos III, IV
y V.
b) Que el contenido esencial de la misma se encuentre debidamente completado, considerándose éste como aquellos datos referentes a: identificación y firma de la persona
interesada, medio de notificación, datos del uso o actividad, localización y fecha de
realización.
4. La declaración responsable que cumpla los requisitos anteriormente señalados se presume
válida y surge efectos una vez transcurridos 10 días hábiles desde su presentación en un
Registro físico o electrónico, o una vez transcurridos 5 días hábiles desde su formulación
telemática en la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea. La vigencia de la misma se prolongará hasta la finalización de la Época de Peligro Alto.
5. La declaración responsable que no cumpla con los requisitos anteriormente señalados carecerá de validez. El órgano competente comunicará tal circunstancia, declarando la imposibilidad de realizar el uso o actividad objeto de la declaración.
6. La persona interesada estará habilitada para realización del uso o actividad referido una
vez que la declaración responsable surta efecto, respetando el condicionado que se detalle
en la misma, el cuadro de precauciones y medidas mínimas de seguridad, las previsiones
de la presente orden, y el resto de ordenamiento jurídico aplicable.
Artículo 13. Declaraciones responsables para aprovechamientos de madera.
1. La persona que, en calidad de rematante, pretenda realizar las labores propias de un
aprovechamiento de madera en terreno forestal, durante la Época de Peligro Alto, utilizan-
Jueves 23 de mayo de 2024
26092
Artículo 12. Procedimiento de declaración responsable.
1. La persona que pretenda realizar cualquiera de las actividades relacionadas en el artículo
anterior, deberá formular una declaración responsable con el contenido y requisitos que se
citan en el presente artículo y en los siguientes.
2. La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la Dirección General de Prevención y Extinción
de Incendios Forestales.
Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica
https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado al
efecto.
3. Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en los anexos III, IV
y V.
b) Que el contenido esencial de la misma se encuentre debidamente completado, considerándose éste como aquellos datos referentes a: identificación y firma de la persona
interesada, medio de notificación, datos del uso o actividad, localización y fecha de
realización.
4. La declaración responsable que cumpla los requisitos anteriormente señalados se presume
válida y surge efectos una vez transcurridos 10 días hábiles desde su presentación en un
Registro físico o electrónico, o una vez transcurridos 5 días hábiles desde su formulación
telemática en la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea. La vigencia de la misma se prolongará hasta la finalización de la Época de Peligro Alto.
5. La declaración responsable que no cumpla con los requisitos anteriormente señalados carecerá de validez. El órgano competente comunicará tal circunstancia, declarando la imposibilidad de realizar el uso o actividad objeto de la declaración.
6. La persona interesada estará habilitada para realización del uso o actividad referido una
vez que la declaración responsable surta efecto, respetando el condicionado que se detalle
en la misma, el cuadro de precauciones y medidas mínimas de seguridad, las previsiones
de la presente orden, y el resto de ordenamiento jurídico aplicable.
Artículo 13. Declaraciones responsables para aprovechamientos de madera.
1. La persona que, en calidad de rematante, pretenda realizar las labores propias de un
aprovechamiento de madera en terreno forestal, durante la Época de Peligro Alto, utilizan-