Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024061710)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2024/2025.
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NÚMERO 98
Miércoles 22 de mayo de 2024
25925
Quinto. Presentación de solicitudes de admisión y matriculación.
1. La solicitud de admisión y matriculación se cumplimentará con los modelos incluidos en esta
resolución para cada una de las enseñanzas, o bien, los modelos auto rellenables que se
encuentran a disposición del usuario en la página web de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en adelante, Consejería competente, http://educarex.es/eda.
2. U
na vez cumplimentada la solicitud, se formalizará presentándola:
a) Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía, recogidas en el anexo de la
Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril), e integradas en el Sistema de Registro Único
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos
públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre). En caso de optar por presentar
su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que
la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
O por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236, de 2 de octubre).
c) Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
https://www.cert.fnmt.es/.
3. Las solicitudes que no incluyan la información requerida en los apartados indicados como
de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo de reclamaciones indicado en el calendario
de actuaciones.
Miércoles 22 de mayo de 2024
25925
Quinto. Presentación de solicitudes de admisión y matriculación.
1. La solicitud de admisión y matriculación se cumplimentará con los modelos incluidos en esta
resolución para cada una de las enseñanzas, o bien, los modelos auto rellenables que se
encuentran a disposición del usuario en la página web de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en adelante, Consejería competente, http://educarex.es/eda.
2. U
na vez cumplimentada la solicitud, se formalizará presentándola:
a) Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía, recogidas en el anexo de la
Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril), e integradas en el Sistema de Registro Único
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos
públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre). En caso de optar por presentar
su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que
la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
O por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236, de 2 de octubre).
c) Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
https://www.cert.fnmt.es/.
3. Las solicitudes que no incluyan la información requerida en los apartados indicados como
de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo de reclamaciones indicado en el calendario
de actuaciones.