Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024061710)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2024/2025.
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NÚMERO 98
Miércoles 22 de mayo de 2024

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2. El llamamiento telefónico por parte del centro a las personas que integran la lista de espera, al número consignado en la solicitud, será ordenado, personal y no público, siendo
realizado en el período establecido para ello en el calendario de actuaciones. En caso de no
obtener respuesta en el tercer intento, se pasará al siguiente candidato, debiendo mediar
un tiempo mínimo de una hora entre cada uno de los intentos. Una vez realizado el llamamiento, se dará un plazo de 24 horas para la formalización de la matrícula.
Vigésimo séptimo. Admisión extraordinaria.
1. E
 n el caso de existir vacantes finalizado el llamamiento por las listas de espera, y a partir
de la fecha que indica el calendario de actuaciones, aquellas personas interesadas que no
hayan presentado instancia dentro de los plazos previstos o que hayan sido excluidas del
proceso por incumplimiento de los términos exigidos, siempre que cumplan las condiciones de acceso indicadas en el resuelvo segundo, podrán presentar solicitud de admisión
extraordinaria, según sea dirigida al IES Reino Aftasí o al IES Brocense, conforme a los
modelos de los anexos XVIII y XIX, y anexos XX y XXI, respectivamente.
2. La ordenación de las solicitudes que se presenten se realizará en función de su fecha de
entrada en los centros autorizados. El llamamiento telefónico será ordenado, personal y no
público, y lo realizará el propio centro, durante el periodo establecido en el calendario de
actuaciones, a las personas que integran el listado de solicitudes.
Vigésimo octavo. Matriculación de alumnado con derecho a permanencia.
El alumnado con derecho a permanencia interesado en matricularse de nuevas materias,
realizará su matrícula en el centro educativo donde curse los estudios según sea el IES Reino
Aftasí o el IES Brocense, y utilizará los modelos de los anexos XVIII y XIX y anexos XX y XXI
respectivamente.
V. ENSEÑANZAS NO FORMALES.
Sección primera. Cursos para la obtención del certificado de superación de las
competencias clave para el acceso a los certificados de profesionalidad de
los niveles de cualificación profesional 2 y 3.
Vigésimo noveno. Requisitos de acceso.
Podrán acceder a los cursos para la obtención del certificado de superación de las competencias clave necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de cualificación profesional tanto nivel 2 como de nivel 3, las personas mayores de 18 años o que los cum­plan antes
de finalizar la acción formativa en la que se encuentren matriculados y no estén en posesión
de ninguno de los requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad
establecidos en el artículo 75 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.