Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061706)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del Plan Parcial del Sector de Suelo Urbano UE-1 de las Normas Subsidiarias de Valverde de Mérida. Expte.: IA22/0068.
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NÚMERO 98
Miércoles 22 de mayo de 2024

25861

directamente, ningún bien integrante del patrimonio histórico y cultural de Extremadura,
de acuerdo con los Registros e Inventarios de la entonces Consejería de Cultura, Turismo
y Deportes.
3. A
 nálisis según los criterios del anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el análisis que a
continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los
efectos de determinar si el Plan Parcial del Sector de Suelo Urbano UE-1, de las Normas
Subsidiarias de Valverde de Mérida, tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y,
por tanto, si resulta necesario su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental
ordinaria regulado en la subsección 1.ª, de la sección 1.ª del capítulo VII del título I de
dicha ley.
3.1. Características del Plan Parcial.
El Plan Parcial del Sector de Suelo Urbano UE-1 de las Normas Subsidiarias de Valverde de
Mérida tiene por objeto la modificación de la ordenación detallada propuesta para el Sector
de Suelo Urbano UE-1 de uso global Residencial, con la finalidad de adaptar sus determinaciones a la normativa de accesibilidad vigente.
El ámbito de actuación del Plan Parcial afecta a una superficie real total de 7.586,15 m2,
repartidos en las parcelas con referencias catastrales 1308001QD4110N0001HK (4.144,63
m2) y 1308028QD4110N0001ZK (3.441,52 m2).
El sector de suelo urbano de la UE 1 está incluido en la Zona I: Residencial Casco Histórico.
3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada.
Los terrenos afectados por el presente Plan Parcial, están clasificados como Suelo Urbano,
se encuentran muy antropizados, carecen de valores ambientales de interés y se localizan fuera de espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 y a otras Áreas Protegidas de
Extremadura. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa
favorablemente la aprobación del el Plan Parcial, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones
significativas sobre especies o hábitats protegidos.
Si bien el ámbito de aplicación del Plan Parcial no ocuparía el dominio público hidráulico del
Estado, se contempla su establecimiento en la zona de policía del cauce de un arroyo tribu-