Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061723)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y la entidad Iniciativas Gestoras e Innovaciones de Negocios, SL, bajo el nombre comercial Global Formación Profesional, para el desarrollo de actividades formativas en centros sanitarios del SES.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024



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d) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente al SES.



e) A
 disponer de los recursos necesarios para el acceso del alumnado con discapacidad
a la tutorización, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las actividades de FCT en igualdad de condiciones.



f) A disponer del régimen de permisos a que tenga derecho con arreglo a la normativa
vigente.



g) A tener contratado por la entidad Global Formación Profesional un seguro de accidentes y de responsabilidad civil para cubrir los perjuicios que pudieran causarse en
el ejercicio de las actividades de FCT objeto de este acuerdo.

Sexta. Seguros.
1. E
 l SES no se harán responsables de los accidentes que el alumnado pudiera sufrir en el
transcurso de las actividades de FCT, así como tampoco de los daños que pudieran ocasionar a personas y bienes por la realización de estas.
Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse en el desarrollo de las actividades de FCT por parte del alumnado, será contemplada a tenor del Seguro Escolar, de
acuerdo con la Reglamentación que, al efecto, esté vigente. El seguro escolar obligatorio
cubre a los estudiantes menores de 28 años y al corriente de la cuota correspondiente.
En todo caso, la entidad Global Formación Profesional dará cobertura a las contingencias
que pudieran producirse durante el desarrollo de las actividades formativas mediante la
suscripción de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil por los daños propios o a
terceros que pudieran ser causados por el alumnado en el curso de las mismas, asumiendo
los costes derivados de las suscripciones de los seguros.
2. D
 e conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, los estudiantes que realicen prácticas formativas
externas en el territorio español quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como
asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social,
dicho mandato entra en vigor el 1 de enero de 2024. En aplicación de lo dispuesto en el
apartado 4 b) de la citada disposición, se acuerdan las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a Global Formación Profesional que asumirá la condición de empresario como centro de formación
responsable de la oferta formativa.