Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061723)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y la entidad Iniciativas Gestoras e Innovaciones de Negocios, SL, bajo el nombre comercial Global Formación Profesional, para el desarrollo de actividades formativas en centros sanitarios del SES.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024
25552
1. D
urante la realización de las actividades de FCT, el alumnado tendrá las siguientes
obligaciones:
a) Cumplir las instrucciones o normativa vigente relativa a las actividades formativas
establecidas por el centro sanitario donde se desarrollen las mismas.
b) Conocer y cumplir el plan de formación, siguiendo las indicaciones de la persona que
lleva cabo la tutoría del centro sanitario y bajo la supervisión de la persona designada para la tutoría del centro educativo.
c) Mantener contacto con la tutoría del centro educativo durante el desarrollo de las
actividades de FCT y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y la memoria final que
le sean requeridos.
d) Incorporarse al centro sanitario en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en
el plan de formación y respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y
prevención de riesgos laborales del mismo.
e) C
olocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa facilitada por la entidad Global Formación Profesional en todo momento irán provistos del DNI, NIF o
NIE.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del centro sanitario
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta.
g) En caso de ausencia a las actividades de FCT será necesario comunicarlo y justificarlo
tanto a la persona responsable de la tutoría del centro sanitario como a la responsable de la tutoría del centro educativo.
2. A
simismo, el alumnado tendrá los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de las actividades de FCT, por la persona
asignada en el centro sanitario y por la persona docente que realice la tutoría nombrada por el centro educativo.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el centro de formación.
c) A la obtención de un informe por parte del centro sanitario con mención expresa de
la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
Martes 21 de mayo de 2024
25552
1. D
urante la realización de las actividades de FCT, el alumnado tendrá las siguientes
obligaciones:
a) Cumplir las instrucciones o normativa vigente relativa a las actividades formativas
establecidas por el centro sanitario donde se desarrollen las mismas.
b) Conocer y cumplir el plan de formación, siguiendo las indicaciones de la persona que
lleva cabo la tutoría del centro sanitario y bajo la supervisión de la persona designada para la tutoría del centro educativo.
c) Mantener contacto con la tutoría del centro educativo durante el desarrollo de las
actividades de FCT y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y la memoria final que
le sean requeridos.
d) Incorporarse al centro sanitario en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en
el plan de formación y respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y
prevención de riesgos laborales del mismo.
e) C
olocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa facilitada por la entidad Global Formación Profesional en todo momento irán provistos del DNI, NIF o
NIE.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del centro sanitario
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta.
g) En caso de ausencia a las actividades de FCT será necesario comunicarlo y justificarlo
tanto a la persona responsable de la tutoría del centro sanitario como a la responsable de la tutoría del centro educativo.
2. A
simismo, el alumnado tendrá los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de las actividades de FCT, por la persona
asignada en el centro sanitario y por la persona docente que realice la tutoría nombrada por el centro educativo.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el centro de formación.
c) A la obtención de un informe por parte del centro sanitario con mención expresa de
la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.