Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061655)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto para "Destinar áreas incultas al cultivo de cereal de secano en rotación tradicional sobre una superficie de 80 ha", a ejecutar en la parcela 33 del polígono 38, del término municipal de Cabeza del Buey (Badajoz). Expte.: IA21/0047.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 96
Lunes 20 de mayo de 2024
25312
3. E
l día 15 de febrero de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural remite informe, el cual indica que no se ha recibido en esa DGBAPC por parte
del equipo redactor de la referida evaluación de impacto ambiental ordinaria sobre los
posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del proyecto. El estudio
no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el patrimonio cultural que pudiera verse
afectado por la implantación. Dado lo expuesto, el documento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria no identifica posibles impactos potenciales del proyecto.
Asimismo, se recomienda al equipo redactor del ESIA realice actuaciones que permitirán
valorar, prevenir y corregir impactos sobre el patrimonio cultural. Por ello se deberá modificar el ESIA presentado incluyendo un informe con las actuaciones determinadas por
la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir
de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que será realizado sobre
las áreas dónde se contemplen estos movimientos de tierra.
A tenor de lo expuesto, el ESIA del proyecto podrá reunir medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al patrimonio cultural por lo que propone al
órgano ambiental que emita DIA favorable estrictamente condicionada a la asunción y
puesta en marcha de las indicaciones y recomendaciones mencionadas anteriormente.
4. C
on fecha 20 de enero de 2022, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la
Dirección General de Política Forestal, formula informe forestal indicando que tanto la
vegetación arbórea y regenerado existente en la zona solicitada como las características
orográficas y edáficas y su entorno le dotan de un carácter forestal que consideran que
debe mantenerse, por lo que informan negativamente el cambio de uso de forestal a
agrícola.
Ahora bien, las actuaciones que van a realizar son el desbroce de la vegetación existente, respetando las especies arbóreas existentes en la zona, todo ello, con el objeto
de implantar un cultivo de cereal, con rotación trianual, para siega y aprovechamiento
ganadero ovino. Estas actuaciones, pretenden configurar un sistema agrosilvopastoral,
tipo dehesa, que tienen componente agrícola, ganadera y forestal.
Por ello, consideran que las actividades solicitadas permiten mantener el carácter forestal (o de componente forestal) del terreno. Sin embargo, no se pronuncian respecto
al uso SIGPAC que se le deba atribuir, si bien deberá ser uno que posibilite el mantenimiento del carácter agrosilvopastoral, y por tanto forestal.
Con respecto a las laborales a realizar, se informa favorablemente siempre que se sigan
una serie de medidas correctoras, que se incluyen en el condicionado de la presente
declaración de impacto ambiental, además de las indicadas en el documento ambiental.
Lunes 20 de mayo de 2024
25312
3. E
l día 15 de febrero de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural remite informe, el cual indica que no se ha recibido en esa DGBAPC por parte
del equipo redactor de la referida evaluación de impacto ambiental ordinaria sobre los
posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del proyecto. El estudio
no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el patrimonio cultural que pudiera verse
afectado por la implantación. Dado lo expuesto, el documento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria no identifica posibles impactos potenciales del proyecto.
Asimismo, se recomienda al equipo redactor del ESIA realice actuaciones que permitirán
valorar, prevenir y corregir impactos sobre el patrimonio cultural. Por ello se deberá modificar el ESIA presentado incluyendo un informe con las actuaciones determinadas por
la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir
de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que será realizado sobre
las áreas dónde se contemplen estos movimientos de tierra.
A tenor de lo expuesto, el ESIA del proyecto podrá reunir medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al patrimonio cultural por lo que propone al
órgano ambiental que emita DIA favorable estrictamente condicionada a la asunción y
puesta en marcha de las indicaciones y recomendaciones mencionadas anteriormente.
4. C
on fecha 20 de enero de 2022, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la
Dirección General de Política Forestal, formula informe forestal indicando que tanto la
vegetación arbórea y regenerado existente en la zona solicitada como las características
orográficas y edáficas y su entorno le dotan de un carácter forestal que consideran que
debe mantenerse, por lo que informan negativamente el cambio de uso de forestal a
agrícola.
Ahora bien, las actuaciones que van a realizar son el desbroce de la vegetación existente, respetando las especies arbóreas existentes en la zona, todo ello, con el objeto
de implantar un cultivo de cereal, con rotación trianual, para siega y aprovechamiento
ganadero ovino. Estas actuaciones, pretenden configurar un sistema agrosilvopastoral,
tipo dehesa, que tienen componente agrícola, ganadera y forestal.
Por ello, consideran que las actividades solicitadas permiten mantener el carácter forestal (o de componente forestal) del terreno. Sin embargo, no se pronuncian respecto
al uso SIGPAC que se le deba atribuir, si bien deberá ser uno que posibilite el mantenimiento del carácter agrosilvopastoral, y por tanto forestal.
Con respecto a las laborales a realizar, se informa favorablemente siempre que se sigan
una serie de medidas correctoras, que se incluyen en el condicionado de la presente
declaración de impacto ambiental, además de las indicadas en el documento ambiental.