Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061655)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto para "Destinar áreas incultas al cultivo de cereal de secano en rotación tradicional sobre una superficie de 80 ha", a ejecutar en la parcela 33 del polígono 38, del término municipal de Cabeza del Buey (Badajoz). Expte.: IA21/0047.
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NÚMERO 96
Lunes 20 de mayo de 2024
25321
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 7%, no se espera un incremento del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil, debido a estos movimientos
de tierra. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por las administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de impacto ambiental para mitigar
estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
Durante la fase de explotación se producen una serie de impactos ambientales, generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que
pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por la aplicación
directa de este tipo de sustancias al cultivo, ya sean productos fertilizantes o productos
fitosanitarios.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias y los reglamentos y
demás normativa vigente en materia de producción ecológica, para mitigar los posibles
impactos derivados de la utilización de estas sustancias.
Se recomienda la valoración, por parte del promotor, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal
entre calles, para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir
el riesgo de erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por
las administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de impacto
ambiental, el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.5 Paisaje.
Paisajísticamente la zona se caracteriza por tratarse de un entorno eminentemente forestal, conformado por terrenos de pasto arbustivo, característicos del hábitat de interés comunitario de “Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos” (Cód. UE: 5330).
Según el EsIA, el paisaje se verá afectado en fase de ejecución por la pérdida de calidad
del paisaje por la retirada de los arbustos propios de la zona como son jaras (Cistus
Lunes 20 de mayo de 2024
25321
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves menores al 7%, no se espera un incremento del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil, debido a estos movimientos
de tierra. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por las administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de impacto ambiental para mitigar
estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
Durante la fase de explotación se producen una serie de impactos ambientales, generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que
pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por la aplicación
directa de este tipo de sustancias al cultivo, ya sean productos fertilizantes o productos
fitosanitarios.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias y los reglamentos y
demás normativa vigente en materia de producción ecológica, para mitigar los posibles
impactos derivados de la utilización de estas sustancias.
Se recomienda la valoración, por parte del promotor, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal
entre calles, para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir
el riesgo de erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por
las administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de impacto
ambiental, el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.5 Paisaje.
Paisajísticamente la zona se caracteriza por tratarse de un entorno eminentemente forestal, conformado por terrenos de pasto arbustivo, característicos del hábitat de interés comunitario de “Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos” (Cód. UE: 5330).
Según el EsIA, el paisaje se verá afectado en fase de ejecución por la pérdida de calidad
del paisaje por la retirada de los arbustos propios de la zona como son jaras (Cistus