Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061639)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de la revisión de las Normas Subsidiarias de Navalvillar de Pela. Expte.: IA24/0077.
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NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024
25110
norte del núcleo de población hasta el sur del canal. Estos suelos siguen sin desarrollar o
manteniendo el uso industrial y almacenaje que tenía previamente a la entrada en vigor
de la R NNSS.
La modificación afecta a la manzana de suelo urbano con frente a las calles Cantarranas,
Luis Chamizo, Velázquez y la Avenida Adolfo Suárez.
La modificación afecta al plano 2.1. Usos Pormenorizados, en el que se modifica la trama
correspondiente al uso residencial de ensanche por la del uso industrial y a los artículos 83
parcela mínima y 87 ocupación, de la normativa urbanística.
En el artículo 83.4 se introduce un nuevo párrafo para evitar dejar fuera de ordenación las
parcelas con superficie inferior a 400 m2 o con un frente inferior a 15 metros, quedando el
texto del artículo 83.4 como sigue:
4. S
erán también edificables las que no reúnan las condiciones anteriores, pero se encuentren inscritas en el Registro de la Propiedad o en el catastro de la localidad de Navalvillar
de Pela, con anterioridad a la entrada en vigor de estas Normas Subsidiarias.
En la manzana de uso industrial con frente a las calles Cantarranas, Luis Chamizo, Velázquez y la avenida Adolfo Suárez, serán solares edificables las parcelas existentes con
anterioridad a la entrada en vigor del cambio de uso a industrial de esta manzana.
En el artículo 87.2 se introduce un nuevo apartado f) para conservar el aprovechamiento
superficial actual de la manzana y evitar dejar fuera de ordenación parte de la edificación
existente, con el siguiente texto:
f) En la manzana de uso industrial con frente a las calles Cantarranas, Luis Chamizo, Velázquez y la avenida Adolfo Suárez, la ocupación máxima será del 100% en la planta
baja y del 90% en las restantes. La disposición de la edificación será libre dentro de las
parcelas.
La modificación planteada modifica el marco establecido previamente para proyectos y
otras actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental, principalmente modificando el uso residencial recogido en las Normas Subsidiarias por el uso industrial.
La modificación no influye en otros planes y programas, ni se han detectado problemas
ambientales significativos derivados de la misma.
Con respecto a la planificación territorial, el Servicio de Ordenación del Territorio de la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana indica que no
existe ningún Plan Territorial en vigor ni en tramitación que afecte al municipio de Navalvillar de Pela.
Viernes 17 de mayo de 2024
25110
norte del núcleo de población hasta el sur del canal. Estos suelos siguen sin desarrollar o
manteniendo el uso industrial y almacenaje que tenía previamente a la entrada en vigor
de la R NNSS.
La modificación afecta a la manzana de suelo urbano con frente a las calles Cantarranas,
Luis Chamizo, Velázquez y la Avenida Adolfo Suárez.
La modificación afecta al plano 2.1. Usos Pormenorizados, en el que se modifica la trama
correspondiente al uso residencial de ensanche por la del uso industrial y a los artículos 83
parcela mínima y 87 ocupación, de la normativa urbanística.
En el artículo 83.4 se introduce un nuevo párrafo para evitar dejar fuera de ordenación las
parcelas con superficie inferior a 400 m2 o con un frente inferior a 15 metros, quedando el
texto del artículo 83.4 como sigue:
4. S
erán también edificables las que no reúnan las condiciones anteriores, pero se encuentren inscritas en el Registro de la Propiedad o en el catastro de la localidad de Navalvillar
de Pela, con anterioridad a la entrada en vigor de estas Normas Subsidiarias.
En la manzana de uso industrial con frente a las calles Cantarranas, Luis Chamizo, Velázquez y la avenida Adolfo Suárez, serán solares edificables las parcelas existentes con
anterioridad a la entrada en vigor del cambio de uso a industrial de esta manzana.
En el artículo 87.2 se introduce un nuevo apartado f) para conservar el aprovechamiento
superficial actual de la manzana y evitar dejar fuera de ordenación parte de la edificación
existente, con el siguiente texto:
f) En la manzana de uso industrial con frente a las calles Cantarranas, Luis Chamizo, Velázquez y la avenida Adolfo Suárez, la ocupación máxima será del 100% en la planta
baja y del 90% en las restantes. La disposición de la edificación será libre dentro de las
parcelas.
La modificación planteada modifica el marco establecido previamente para proyectos y
otras actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental, principalmente modificando el uso residencial recogido en las Normas Subsidiarias por el uso industrial.
La modificación no influye en otros planes y programas, ni se han detectado problemas
ambientales significativos derivados de la misma.
Con respecto a la planificación territorial, el Servicio de Ordenación del Territorio de la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana indica que no
existe ningún Plan Territorial en vigor ni en tramitación que afecte al municipio de Navalvillar de Pela.