Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024040036)
Decreto 22/2024, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024
24921
En este sentido, y en la línea seguida por otras Comunidades Autónomas, se establece la
necesidad de que los vehículos subvencionados se adquieran en un concesionario o punto de
venta localizado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con una salvedad, que se quiera adquirir un vehículo de un fabricante que no disponga de concesionarios físicos convencionales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo caso, si el domicilio
fiscal del destinatario último de la ayuda está en la Comunidad Autónoma de Extremadura
será igualmente subvencionable.
La aceptación de la convocatoria en Extremadura ha sido muy satisfactoria, principalmente
en el programa de inversiones 2 que ha venido a superar las expectativas y los créditos iniciales que le fueron asignado a Extremadura mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de
abril. Esto ha llevado a la Junta de Extremadura a solicitar al Instituto para la Diversificación
y Ahorro de la Energía (IDAE) una ampliación de créditos, la cual ha sido concedida mediante
Resolución de la Presidenta del IDAE de 18 de octubre de 2022. Con la ampliación concedida,
Extremadura dispondrá de un importe total de 16.941.445,80 euros para la concesión de
subvenciones, lo cual le permitirá poder atender a las solicitudes presentadas. Todo ello con la
finalidad de cumplir con los hitos y objetivos, marcados por el Estado dentro del Plan Nacional
integrado de Energía y Clima en el ámbito de la Componente 1, medida de Inversión 2, para
Extremadura, siendo estos 1.455 vehículos y 385 puntos de recarga.
La Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, en Capítulo XI. Transición ecológica y sostenible, art. 90.2, con el fin de propiciar la
transformación energética como oportunidad de desarrollo en zonas rurales, y para dar un
tratamiento equitativo y solidario entre territorios en dicha transición, la Junta de Extremadura impulsará los proyectos de generación de energía a partir de fuentes renovables que se
ubiquen en zonas vulnerables antes el fenómeno demográfico. De igual manera incentivará,
mediante líneas de ayudas, el despliegue de instalaciones de energías renovables a pequeña
escala con especial atención al autoconsumo fotovoltaico y las comunidades locales de energía, así como actuaciones de ahorro y eficiencia energética y de movilidad sostenible en la
que se potenciará la presencia de puntos de recarga para vehículos eléctricos. Por su parte,
la Estrategia ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto
32/2022, recoge, entre sus medidas, "Fomentar la movilidad y el transporte". En virtud de lo
anterior, el presente decreto se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
Este decreto se adecúa a los principios de buena regulación de conformidad con el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En concreto, cumple los principios de necesidad y eficacia, y eficiencia puesto que recoge las modificaciones efectuadas en las bases estatales referidas a la
tipología de vehículos subvencionables y la modificación de la intensidad de las ayudas, que
se han mencionado anteriormente.
Viernes 17 de mayo de 2024
24921
En este sentido, y en la línea seguida por otras Comunidades Autónomas, se establece la
necesidad de que los vehículos subvencionados se adquieran en un concesionario o punto de
venta localizado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con una salvedad, que se quiera adquirir un vehículo de un fabricante que no disponga de concesionarios físicos convencionales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo caso, si el domicilio
fiscal del destinatario último de la ayuda está en la Comunidad Autónoma de Extremadura
será igualmente subvencionable.
La aceptación de la convocatoria en Extremadura ha sido muy satisfactoria, principalmente
en el programa de inversiones 2 que ha venido a superar las expectativas y los créditos iniciales que le fueron asignado a Extremadura mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de
abril. Esto ha llevado a la Junta de Extremadura a solicitar al Instituto para la Diversificación
y Ahorro de la Energía (IDAE) una ampliación de créditos, la cual ha sido concedida mediante
Resolución de la Presidenta del IDAE de 18 de octubre de 2022. Con la ampliación concedida,
Extremadura dispondrá de un importe total de 16.941.445,80 euros para la concesión de
subvenciones, lo cual le permitirá poder atender a las solicitudes presentadas. Todo ello con la
finalidad de cumplir con los hitos y objetivos, marcados por el Estado dentro del Plan Nacional
integrado de Energía y Clima en el ámbito de la Componente 1, medida de Inversión 2, para
Extremadura, siendo estos 1.455 vehículos y 385 puntos de recarga.
La Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, en Capítulo XI. Transición ecológica y sostenible, art. 90.2, con el fin de propiciar la
transformación energética como oportunidad de desarrollo en zonas rurales, y para dar un
tratamiento equitativo y solidario entre territorios en dicha transición, la Junta de Extremadura impulsará los proyectos de generación de energía a partir de fuentes renovables que se
ubiquen en zonas vulnerables antes el fenómeno demográfico. De igual manera incentivará,
mediante líneas de ayudas, el despliegue de instalaciones de energías renovables a pequeña
escala con especial atención al autoconsumo fotovoltaico y las comunidades locales de energía, así como actuaciones de ahorro y eficiencia energética y de movilidad sostenible en la
que se potenciará la presencia de puntos de recarga para vehículos eléctricos. Por su parte,
la Estrategia ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto
32/2022, recoge, entre sus medidas, "Fomentar la movilidad y el transporte". En virtud de lo
anterior, el presente decreto se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
Este decreto se adecúa a los principios de buena regulación de conformidad con el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En concreto, cumple los principios de necesidad y eficacia, y eficiencia puesto que recoge las modificaciones efectuadas en las bases estatales referidas a la
tipología de vehículos subvencionables y la modificación de la intensidad de las ayudas, que
se han mencionado anteriormente.