Extremadura Avante, Slu. Información Pública. (2024080747)
Anuncio de 10 de mayo de 2024 por el que se hace público el Convenio de Colaboración a suscribir entre Extremadura Avante, SLU, y las entidades financieras que soliciten la adhesión al mismo para la ejecución del "Producto Financiero de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura".
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NÚMERO 95
25189
Viernes 17 de mayo de 2024
Quinto. Las garantías se consideran adecuadas para facilitar el acceso a la vivienda a los
jóvenes extremeños, los cuales, carecen de ahorros necesarios para afrontar la compra de
su primera vivienda a través de un préstamo hipotecario; para ello se configura este
instrumento financiero con el fin de adquirir una hipoteca con destino a la adquisición de
una vivienda por un importe de financiación de hasta el 95% del precio de la vivienda o del
valor de tasación del inmueble.
Por lo anterior, las partes convinieron la formalización de este convenio de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto
El objeto del convenio es establecer los términos y condiciones de la colaboración entre el
Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura y …………. para la ejecución
del producto financiero de garantía en Adquisición de Vivienda de Extremadura.
Segunda. Financiación
El Fondo de Garantía se encuentra dotado por un importe de 3.000.000 €, por lo que se
limita a dicha cantidad el importe máximo de las garantías a ofrecer durante el periodo de
ejecución. Esta dotación inicial será compartida para todas las entidades financieras
firmantes del Convenio
de colaboración.
El Gestor del Fondo detraerá de la dotación económica del Fondo los gastos en los que
incurra el mismo.
Podrán acogerse a la garantía ofrecida por el Fondo todas las operaciones de financiación
de adquisición de vivienda, con garantía hipotecaria sobre la vivienda cuya adquisición se
está financiando, con la condición de que dichas operaciones de financiación queden
dentro de los parámetros y límites fijados en el instrumento financiero.
Tercera. Ámbito territorial
El ámbito territorial de aplicación del convenio será la Comunidad Autónoma de
Extremadura. A tal efecto, las viviendas que se avalen deben estar situadas en el territorio
extremeño y las personas adquirentes de las viviendas deben estar empadronadas en
Extremadura en el momento de la concesión de la garantía.
Cuarta. Entrada en vigor y vigencia del Convenio de Colaboración
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Viernes 17 de mayo de 2024
Quinto. Las garantías se consideran adecuadas para facilitar el acceso a la vivienda a los
jóvenes extremeños, los cuales, carecen de ahorros necesarios para afrontar la compra de
su primera vivienda a través de un préstamo hipotecario; para ello se configura este
instrumento financiero con el fin de adquirir una hipoteca con destino a la adquisición de
una vivienda por un importe de financiación de hasta el 95% del precio de la vivienda o del
valor de tasación del inmueble.
Por lo anterior, las partes convinieron la formalización de este convenio de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto
El objeto del convenio es establecer los términos y condiciones de la colaboración entre el
Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda de Extremadura y …………. para la ejecución
del producto financiero de garantía en Adquisición de Vivienda de Extremadura.
Segunda. Financiación
El Fondo de Garantía se encuentra dotado por un importe de 3.000.000 €, por lo que se
limita a dicha cantidad el importe máximo de las garantías a ofrecer durante el periodo de
ejecución. Esta dotación inicial será compartida para todas las entidades financieras
firmantes del Convenio
de colaboración.
El Gestor del Fondo detraerá de la dotación económica del Fondo los gastos en los que
incurra el mismo.
Podrán acogerse a la garantía ofrecida por el Fondo todas las operaciones de financiación
de adquisición de vivienda, con garantía hipotecaria sobre la vivienda cuya adquisición se
está financiando, con la condición de que dichas operaciones de financiación queden
dentro de los parámetros y límites fijados en el instrumento financiero.
Tercera. Ámbito territorial
El ámbito territorial de aplicación del convenio será la Comunidad Autónoma de
Extremadura. A tal efecto, las viviendas que se avalen deben estar situadas en el territorio
extremeño y las personas adquirentes de las viviendas deben estar empadronadas en
Extremadura en el momento de la concesión de la garantía.
Cuarta. Entrada en vigor y vigencia del Convenio de Colaboración
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