Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061620)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del Embalse de Zalamea (río Ortiga), con destino a riego de 251,0557 ha, en la Zona Regable de Docenario", en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/0407.
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NÚMERO 94
Jueves 16 de mayo de 2024
24829
Se recomienda la valoración, por parte de la promotora, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal,
para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, teniendo en cuenta que los cultivos ya están implantados y aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de impacto ambiental,
el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.4 Paisaje.
La gran mayoría de la superficie del término municipal está cubierta por típicas dehesas
extremeñas, con zonas de labor, encinares y pequeñas zonas de olivar, viñedo y regadío, acompañadas por una zona de sierras que hoy combina el monte mediterráneo con
plantaciones de eucaliptos.
Dado que los cultivos y el sistema de riego están implantados, la transformación del
paisaje es inapreciable. El mayor impacto puede venir dado de la evolución hacia una
zona donde reina la plantación de olivar dejando en un segundo plano el paisaje de cultivos hortícolas y cerealista. Mediante la consolidación de las lindes con vegetación natural y las medidas protectoras de la vegetación de ribera, se considera que la afección
paisajística será compatible, teniendo en cuenta que nos encontrarnos en una comarca
donde abundan los mosaicos de cultivos herbáceos de regadío mezclados con cultivos
permanentes y superficies forestales.
La actuación, en cualquier caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de vegetación ribereña palustre.
C.2.5 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se habrá visto afectada durante la fase de construcción por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos
de tierras, construcción de acequias, transporte y carga de materiales, etc.), por gases
derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Dado que están
concluidas las obras de la puesta en riego, esta afección ha desaparecido.
Jueves 16 de mayo de 2024
24829
Se recomienda la valoración, por parte de la promotora, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal,
para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, teniendo en cuenta que los cultivos ya están implantados y aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de impacto ambiental,
el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.
C.2.4 Paisaje.
La gran mayoría de la superficie del término municipal está cubierta por típicas dehesas
extremeñas, con zonas de labor, encinares y pequeñas zonas de olivar, viñedo y regadío, acompañadas por una zona de sierras que hoy combina el monte mediterráneo con
plantaciones de eucaliptos.
Dado que los cultivos y el sistema de riego están implantados, la transformación del
paisaje es inapreciable. El mayor impacto puede venir dado de la evolución hacia una
zona donde reina la plantación de olivar dejando en un segundo plano el paisaje de cultivos hortícolas y cerealista. Mediante la consolidación de las lindes con vegetación natural y las medidas protectoras de la vegetación de ribera, se considera que la afección
paisajística será compatible, teniendo en cuenta que nos encontrarnos en una comarca
donde abundan los mosaicos de cultivos herbáceos de regadío mezclados con cultivos
permanentes y superficies forestales.
La actuación, en cualquier caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de vegetación ribereña palustre.
C.2.5 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se habrá visto afectada durante la fase de construcción por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos
de tierras, construcción de acequias, transporte y carga de materiales, etc.), por gases
derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Dado que están
concluidas las obras de la puesta en riego, esta afección ha desaparecido.