Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061610)
Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Basilio Morgado Delgado, en el término municipal de La Roca de la Sierra.
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NÚMERO 94
Jueves 16 de mayo de 2024

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16. P
 ara evitar la propagación de “la seca” a las “Dehesas de Jerez” y su entorno, se deberá
evitar realizar acopio alguno con material infectado por Phytophthora, para la cual se
deberá realizar una trazabilidad y llevar un libro de registro de la materia prima que se
transforma, donde conste la procedencia exacta de la madera (polígono, parcela, recinto,
coordenadas; etc.), el peso, volumen especie a la que pertenece el material, descartando
cualquier partida que pudiera proceder de zonas infectadas por este horno. Se deberán
extremar las medidas para que el material acopiado susceptible de albergar agentes patógenos de dicho hongo no transmita la enfermedad por la vegetación autóctona de la zona.
17. S
 e deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado
por la maquinaria u operarios, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Lay 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular.
18. M
 antener la maquinaria a punto, para así minimizar el impacto producido por los ruidos,
vertidos de aceites y combustibles, emisiones de gases y humos de combustión a la atmósfera.
19. S
 e pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con el fin
de evitar vertidos y escapes accidentales. Únicamente podrán utilizarse sustancias homologadas, siguiendo en todo momento las instrucciones de uso y mantenimiento del
fabricante.
20. S
 e deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado
por la maquinaria u operarios, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular.
h) Plan de ejecución y acta de puesta en servicio
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS previa audiencia
del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, y con el objeto de comprobar el cumplimiento del condicionado fijado en la AAU, el titular de la instalación deberá presentar a
la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con el inicio de la actividad
y memoria, suscrita por técnico competente, según establece el artículo 34 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.