Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Prueba De Evaluación. (2024050090)
Orden de 13 de mayo de 2024 por la que se regula la constitución de la Comisión Organizadora de la prueba de evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como el procedimiento de evaluación para el acceso a las enseñanzas universitarias de Grado, para el curso 2023-24.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 94
Jueves 16 de mayo de 2024
24667
— En la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Dibujo Artístico II.
— En la vía de Música y Artes Escénicas: Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a
elección del alumnado.
b) Modalidad de Ciencias y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
c) Modalidad General: Ciencias Generales.
d) Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Latín II o Matemáticas Aplicadas a
las Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
1.2. La fase de acceso constará de una prueba por cada una de las materias objeto de evaluación, cada una de las cuales tendrá una duración de noventa minutos, con un intervalo
mínimo de treinta minutos entre el final de una prueba y el inicio de la siguiente. No se
computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el tiempo de realización de
las pruebas por parte del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo al que
se le haya prescrito dicha medida.
1.3. En cada prueba, el alumnado dispondrá de una única propuesta de examen con varias preguntas. El alumnado tendrá que responder, a su elección, un número de preguntas
determinado previamente por el órgano competente. Para realizar el número máximo de
preguntas fijado todas las preguntas deberán ser susceptibles de ser elegidas.
1.4. Todas las pruebas de esta fase se desarrollarán en lengua castellana, con excepción
de la referida a la lengua extranjera, que se desarrollará en el idioma correspondiente.
1.5. La calificación de la fase de acceso será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las pruebas realizadas de las materias establecidas en
el apartado 1.1, expresada en una escala de 0 a 10 con hasta tres cifras decimales y redondeada a la milésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos para que
pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
1.6. La calificación de la EBAU para el acceso a la Universidad se calculará ponderando un
40 por ciento la calificación señalada en el párrafo anterior y un 60 por ciento la nota media normalizada obtenida en la etapa, calculada según el procedimiento establecido en el
artículo 30.6 de la Orden de 9 de diciembre, de 2022, por la que se regula la evaluación del
alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se entenderá que se reúnen los
requisitos de acceso y, por tanto, obtendrá la calificación de apto, cuando el resultado de
esta ponderación sea igual o superior a 5 puntos.
Jueves 16 de mayo de 2024
24667
— En la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Dibujo Artístico II.
— En la vía de Música y Artes Escénicas: Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a
elección del alumnado.
b) Modalidad de Ciencias y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
c) Modalidad General: Ciencias Generales.
d) Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Latín II o Matemáticas Aplicadas a
las Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
1.2. La fase de acceso constará de una prueba por cada una de las materias objeto de evaluación, cada una de las cuales tendrá una duración de noventa minutos, con un intervalo
mínimo de treinta minutos entre el final de una prueba y el inicio de la siguiente. No se
computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el tiempo de realización de
las pruebas por parte del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo al que
se le haya prescrito dicha medida.
1.3. En cada prueba, el alumnado dispondrá de una única propuesta de examen con varias preguntas. El alumnado tendrá que responder, a su elección, un número de preguntas
determinado previamente por el órgano competente. Para realizar el número máximo de
preguntas fijado todas las preguntas deberán ser susceptibles de ser elegidas.
1.4. Todas las pruebas de esta fase se desarrollarán en lengua castellana, con excepción
de la referida a la lengua extranjera, que se desarrollará en el idioma correspondiente.
1.5. La calificación de la fase de acceso será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las pruebas realizadas de las materias establecidas en
el apartado 1.1, expresada en una escala de 0 a 10 con hasta tres cifras decimales y redondeada a la milésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos para que
pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
1.6. La calificación de la EBAU para el acceso a la Universidad se calculará ponderando un
40 por ciento la calificación señalada en el párrafo anterior y un 60 por ciento la nota media normalizada obtenida en la etapa, calculada según el procedimiento establecido en el
artículo 30.6 de la Orden de 9 de diciembre, de 2022, por la que se regula la evaluación del
alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se entenderá que se reúnen los
requisitos de acceso y, por tanto, obtendrá la calificación de apto, cuando el resultado de
esta ponderación sea igual o superior a 5 puntos.