Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Prueba De Evaluación. (2024050090)
Orden de 13 de mayo de 2024 por la que se regula la constitución de la Comisión Organizadora de la prueba de evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como el procedimiento de evaluación para el acceso a las enseñanzas universitarias de Grado, para el curso 2023-24.
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NÚMERO 94
Jueves 16 de mayo de 2024
24665
2. L
as materias susceptibles de examen serán las establecidas en la Orden PJC/39/2024, de
24 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la
evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en
el curso 2023-2024.
3. L
a organización de la EBAU corresponderá a la Consejería competente en materia
de educación.
4. L
a Universidad de Extremadura que, de conformidad con lo dispuesto en la disposición
transitoria primera de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, asumirá las mismas
funciones y responsabilidades que tenía en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, llevará a cabo las tareas técnicas y logísticas de esta evaluación.
Artículo 3. Participación.
1. P
odrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad quienes hayan obtenido el título
de Bachillerato en centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia
de la modalidad y de la vía cursadas.
2. N
o obstante lo anterior, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional trigésima
tercera de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, podrán presentarse a la prueba de
acceso a la universidad, para mejorar su nota de admisión, quienes hayan obtenido el título
de técnico superior de FP en centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, podrán presentarse, para mejorar su calificación quienes, habiendo obtenido el
título de Bachillerato o título de Técnico Superior de Formación Profesional en otras comunidades autónomas, acrediten su residencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura
en el curso de realización de la prueba.
Artículo 4. Inscripción.
1. E
l alumnado que se vaya a presentar a la EBAU realizará la inscripción en la Secretaría de
su centro docente, el cual utilizará para ello la aplicación web de Acceso a la Universidad
puesta a disposición de los centros por parte de la Universidad de Extremadura.
2. E
l alumnado procedente de Bachillerato indicará en la solicitud de inscripción: la modalidad
de Bachillerato elegida para realizar la prueba, la lengua extranjera cursada como materia
común, la opción elegida entre Historia de España o Historia de la Filosofía, la materia específica obligatoria de la modalidad escogida para la prueba y, en su caso, las materias de
las que voluntariamente solicita ser evaluado.
Jueves 16 de mayo de 2024
24665
2. L
as materias susceptibles de examen serán las establecidas en la Orden PJC/39/2024, de
24 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la
evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en
el curso 2023-2024.
3. L
a organización de la EBAU corresponderá a la Consejería competente en materia
de educación.
4. L
a Universidad de Extremadura que, de conformidad con lo dispuesto en la disposición
transitoria primera de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, asumirá las mismas
funciones y responsabilidades que tenía en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, llevará a cabo las tareas técnicas y logísticas de esta evaluación.
Artículo 3. Participación.
1. P
odrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad quienes hayan obtenido el título
de Bachillerato en centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia
de la modalidad y de la vía cursadas.
2. N
o obstante lo anterior, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional trigésima
tercera de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, podrán presentarse a la prueba de
acceso a la universidad, para mejorar su nota de admisión, quienes hayan obtenido el título
de técnico superior de FP en centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, podrán presentarse, para mejorar su calificación quienes, habiendo obtenido el
título de Bachillerato o título de Técnico Superior de Formación Profesional en otras comunidades autónomas, acrediten su residencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura
en el curso de realización de la prueba.
Artículo 4. Inscripción.
1. E
l alumnado que se vaya a presentar a la EBAU realizará la inscripción en la Secretaría de
su centro docente, el cual utilizará para ello la aplicación web de Acceso a la Universidad
puesta a disposición de los centros por parte de la Universidad de Extremadura.
2. E
l alumnado procedente de Bachillerato indicará en la solicitud de inscripción: la modalidad
de Bachillerato elegida para realizar la prueba, la lengua extranjera cursada como materia
común, la opción elegida entre Historia de España o Historia de la Filosofía, la materia específica obligatoria de la modalidad escogida para la prueba y, en su caso, las materias de
las que voluntariamente solicita ser evaluado.